Sede Electrónica

Identificación digital

Información

Conoce las formas de acceso para realizar trámites electrónicos en la sede: Cl@ve y certificado.

¿Qué necesito para identificarme en la sede y consultar “Mis datos”, “Mis registros”, “Mis expedientes”, etc?

Puedes utilizar clave PIN, clave permanente o certificado electrónico.

¿Qué necesito para presentar una solicitud en el REG (Registro Electrónico General)?

Si es una empresa, requerirá certificado.
Si es un ciudadano, podrá hacerlo con un certificado o deberá contar con cl@ve permanente + cl@ve firma. Durante el proceso de presentación de su solicitud en nuestro Registro Electrónico General (REG) el sistema le permitirá la generación de un certificado en la nube que puede utilizar para firmar la solicitud y los documentos en el proceso de creación de la solicitud.

Cl@ve y Certificado Electrónico

  • Cl@ve:

    Identificación, exclusivamente para personas físicas, que permite realizar un gran número de trámites electrónicos.

  • Certificado:

    Documento que identifica a una persona física o jurídica y a una clave pública que se le ha asignado para poder realizar procesos de firma y/o cifrado. Cada certificado está identificado por un número de serie único y tiene un período de validez que está incluido en el certificado.

Normativa de identificación y firma

  • El sistema Cl@ve fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, en su reunión del 19 de septiembre de 2014, y sus condiciones de utilización son determinadas por la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.

  • Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

  • Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad.

  • Orden HAP/566/2013, de 8 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico Común (REC).

  • Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.).

  • Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

  • Decreto 60/2018, de 12 de julio por el que se regula el Régimen Jurídico de la Administración de la C.A. de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos.

  • Orden PRE/11/2015, de 9 de marzo, por la que se aprueba la política de firma electrónica y de certificados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  • Prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica. Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Gobierno de Cantabria para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica. BOE: Núm. 70 de 23/03/2015 (Sección III). Existe un convenio de colaboración para el uso del sistema Cl@ve.

  • Relación de sellos electrónicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

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