Subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de refuerzo de conectividad en CENTROS PÚBLICOS DE REFERENCIA 2024 II PRTR.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Transportes Y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar las subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva para los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas al refuerzo de la conectividad a velocidades de 1 Gbps, en centros públicos de referencia y para el refuerzo de las redes de comunicaciones electrónicas de los propios centros públicos de referencia para el ejercicio 2024, incluyendo aquellos ayuntamientos que hayan resultado beneficiarios al amparo de las Órdenes IND/30/2023 y FOM/07/2024, para los mismos centros de referencia en la parte de la inversión que no haya sido objeto de subvención, y en otros centros de referencia.
En ningún caso serán subvencionables las inversiones y gastos que se hubieran comprometido o realizado con anterioridad al 18 de noviembre de 2021.
Serán elegibles aquellos proyectos que hayan resultado beneficiarios al amparo de las Órdenes IND/30/2023 y FOM/07/2024, en la parte de la inversión que no haya sido objeto de subvención, y en otros centros de referencia.
La intensidad máxima de la ayuda no podrá superar el 100% de los costes subvencionables que consten en la memoria, incluido el Impuesto sobre el Valor añadido, hasta un máximo de 200.000 € por beneficiario. La cantidad restante hasta el coste total de la actuación será asumida por el ayuntamiento.- El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Las infraestructuras y equipos que sean objeto de ayuda deberán permanecer afectos al fin concreto del proyecto durante un periodo mínimo de 5 años, contados a partir de la finalización del mismo, siendo causa de revocación y reintegro de la subvensión su retirada o supresión.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
El régimen jurídico, normativa específica aplicable, requisitos y obligaciones de los beneficiarios, serán los establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en la Ley 10/2006, de 18 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Díez días, desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
|
Anexo I. Solicitud.
Obligatorio
|
|
Anexo II. DACI.
Obligatorio
|
|
Anexo III. Ejecución compromiso.
Obligatorio
|
|
Anexo IV. Cesión datos.
Obligatorio
|
|
Anexo V. Condiciones específicas.
Obligatorio
|
|
Anexo VI. Lucha Fraude.
Obligatorio
|
|
Anexo VII. DNSH.
Obligatorio
|
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
- Norma atributiva
Orden FOM/19/2024, de 4 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2024 II. Programa ÚNICO SERVICIOS PÚBLICOS.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Orden FOM/19/2024, de 4 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2024 II. Programa ÚNICO SERVICIOS PÚBLICOS.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 1 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o contencioso administrativo.
- Órgano
Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente el potestativo de reposición / Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria el contencioso-administrativo.
- Plazo
- Un mes computado a partir del día siguiente a su notificación para el recurso potestativo de reposición, o dos meses contados a partir del dia siguiente a su notificación para el recurso contencioso-administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Orden FOM/19/2024, de 4 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2024 II. Programa ÚNICO-SERVICIOS PÚBLICOS.
-
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-
- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
-
- Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
-
- Real Decreto 987/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

