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CONVOCATORIA 2022 Orden EDU/10/2021

Orden EDU/26/2022, por la que se convocan los premios del concurso de proyectos emprendedores en la Formación Profesional del sistema educativo, correspondiente al curso 2021/2022, en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
Órgano directivo
Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
Clasificación
Premio
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Educación y formación
Cuantía

El alumnado y profesorado responsable de los proyectos que ocupe el primer puesto en cada una de las dos categorías recibirá un diploma acreditativo y un dispositivo tecnológico tipo tablet.

El alumnado responsable de los proyectos que quede en 2º y 3º lugar recibirá un diploma acreditativo.

Número BOC
123 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
27/06/2022
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrá participar el alumnado matriculado en el curso escolar 2021/2022 en enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo de centros docentes públicos o privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se encuentren desarrollando alguno de los proyectos establecidos en el artículo 3 de la orden de convocatoria.

Se establecen las siguientes categorías:

  • Categoría A, para alumnado de ciclos formativos de Grado Medio: el proyecto consistirá en la confección de un plan de empresa completo de su familia profesional, desde el origen de la idea hasta el análisis de su viabilidad.
  • Categoría B, para alumnado de ciclos formativos de Grado Superior: confección de un proyecto final de puesta en marcha de una idea de negocio emprendedora de su familia profesional o confección de un proyecto final de intraemprendimiento relacionado con la implementación de una innovación de productos/servicios, de procesos, organizacional y/o de marketing que pueda aplicarse a empresas, organismos y/o entidades público-privadas de su familia profesional.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
28/06/2022
Fecha fin plazo presentación
18/07/2022
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Electrónico General de la Comunidad Autonóma de Cantabria, sin perjuicio de poder hacerlo en cualquiera de los lugares establecidos en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al anexo I de esta convocatoria, irán firmadas electrónicamente por el director/a del centro, y se acompañarán de la siguiente documentación:

  1. Un ejemplar del proyecto en formato digital, adecuado a lo establecido en el artículo 4 de esta orden.
  2. Declaración responsable, según el anexo II de esta convocatoria, de cada uno de los alumnos participantes, sobre conocer y cumplir los requisitos de la presente orden y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público.

Los proyectos se elaborarán por el alumnado, de forma individual o en grupo, con un máximo de 5 componentes. Cada grupo podrá presentar un único trabajo y sólo se permitirá una participación por concursante.

Cada concursante o grupo deberá contar con un docente responsable del proyecto encargado de su supervisión. Este docente, que podrá tener a su cargo varios proyectos, será para ambas categorías A y B, el docente tutorando del módulo de empresa e iniciativa emprendedora.

Los proyectos incluirán:

  • Portada con el título o nombre del proyecto.
  • Índice de contenidos debidamente paginado.
  • Documentación que justifique el proyecto.
  • Cuantos anexos se consideren necesarios, en cualquier formato digital, debidamente organizados y especificados en el índice general.

Los proyectos deberán ser rigurosamente inéditos y no haber sido premiados en ningún otro concurso.

Serán desestimados aquellos proyectos en los que se aprecie que el contenido ha sido copiado, íntegro o parcialmente, de alguna publicación preexistente en formato impreso, electrónico y/o digital.

Los materiales y recursos digitales que integren el proyecto y se adjunten a la solicitud deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Las obras serán originales e inéditas.
  2. Los materiales no incluirán publicidad de empresas, productos o servicios comerciales.
  3. Los materiales y recursos digitales deberán mostrarse correctamente en las últimas versiones de los navegadores más comunes. Deberían funcionar sin la necesidad de instalar ningún complemento específico en un navegador, a excepción de Flash, Java, Descartes y Malted.
  4. Los materiales estarán elaborados con tecnologías estándares que sean de uso generalizado por los ciudadanos y se puedan ejecutar de forma local.
Impresos
Modelo de Solicitud
Anexo II
Orden EDU/26/2022, por la que se convocan los premios del concurso de proyectos emprendedores en la Formación Profesional del sistema educativo, correspondiente al curso 2021/2022, en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.
Norma atributiva

Orden EDU/10/2021, de 29 de abril, que establece las bases reguladoras para la concesión de Premios del Concurso de Proyectos de Emprendedores en la Formación Profesional del sistema educativo en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
Titular de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
Norma atributiva

Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo de resolución
4 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.
Órgano
Consejera de Educación y Formación Profesional. Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente.
Plazo
Reposición: un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.

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