CONVOCATORIA 2023 Orden EDU/34/2023
Orden EDU/37/2023, por la que se convocan los premios del concurso de proyectos emprendedores en la Formación Profesional del sistema educativo, correspondiente al curso 2022/2023, en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
- Clasificación
- Premio
- Materia(s)
- Educación y formación
- Becas, ayudas y premios
- Cuantía
- El alumnado y profesorado responsable de los proyectos que ocupe el primer puesto en cada una de las dos categorías recibirá un diploma acreditativo y un dispositivo tecnológico tipo Tablet.
- El alumnado y profesorado que quede en segundo y tercer lugar recibirá igualmente un diploma acreditativo y un dispositivo tecnológico de menor entidad.
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- Número BOC
- Extraordinário 78 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 02/11/2023
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrá participar el alumnado matriculado en el curso escolar 2022/2023 en enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo de centros docentes públicos o privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se encuentren desarrollando alguno de los proyectos establecidos en el artículo 3 de la orden de convocatoria
Se establecen las siguientes categorías:
- Categoría A, para alumnado de ciclos formativos de Grado Medio: el proyecto consistirá en la confección de un plan de empresa completo de su familia profesional, desde el origen de la idea hasta el análisis de su viabilidad.
- Categoría B, para alumnado de ciclos formativos de Grado Superior: confección de un proyecto fanal de puesta en marcha de una idea de negocio emprendedora de su familia profesional o confección de un proyecto final de intraemprendimiento relacionado con la implementación de una innovación de productos/servicios, de procesos, organizacional y/o de marketing que pueda aplicarse a empresas, organismos y/o entidades público-privadas de su familia profesional.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
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- Fecha inicio plazo presentación
- 03/11/2023
- Fecha fin plazo presentación
- 23/11/2023
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Electrónico General de la Comunidad Autonóma de Cantabria, sin perjuicio de poder hacerlo en cualquiera de los lugares establecidos en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al Anexo I de esta convocatoria, irán firmadas electrónicamente por el director/a del centro, y se acompañarán de la siguiente documentación:
- Un ejemplar del proyecto en formato digital, adecuado a lo establecido en el artículo 4 de esta orden.
- Declaración responsable, según el Anexo II de esta convocatoria, de cada uno de los/as alumnos/as participantes, sobre el conocimiento y cumplimiento de los requisitos de la presente orden y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público.
Los materiales y recursos digitales que integren el proyecto y se adjunten a la solicitud deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Las obras serán originales e inéditas.
- Los materiales no incluirán publicidad de empresas, productos o servicios comerciales.
- Los materiales y recursos digitales deberán mostrarse correctamente en las últimas versiones de los navegadores más comunes. Deberían funcionar sin la necesidad de instalar ningún complemento específico en un navegador, a excepción de Flash, Java, Descartes y Maltad.
- Los materiales estarán elaborados con tecnologías estándares que sean de uso generalizado por los ciudadanos y se puedan ejecutar de forma local.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.
- Norma atributiva
Orden EDU/10/2021, de 29 de abril, que establece las bases reguladoras para la concesión de Premios del Concurso de Proyectos de Emprendedores en la Formación Profesional del sistema educativo en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
- Norma atributiva
Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 4 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.
- Órgano
- Consejera de Educación y Formación Profesional. Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente.
- Plazo
- Reposición: un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
- No hay normativa relacionada
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.