CONVOCATORIA 2019 Orden ECD/98/2016
Resolución de 19 de septiembre de 2019, por la que se convoca el concurso de proyectos en la Formación Profesional del sistema educativo, correspondiente al curso 2018/2019, en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
- Clasificación
- Premio
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Educación y formación
- Cuantía
Los alumnos y profesores responsables de los proyectos que ocupen el primer puesto en cada una de las tres categorías recibirán un diploma acreditativo y una tablet.
Los alumnos responsables de los proyectos que quede en 2º y 3º lugar recibirán un diploma acreditativo.
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- Número BOC
- 191 - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 03/10/2019
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrán participar los alumnos matriculados en el curso escolar 2018/2019 en enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo de centros docentes públicos o privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se establecen las siguientes categorías:
- Categoría A, para alumnos de ciclos formativos de Grado Medio que estén cursando alguno de los siguientes módulos profesionales:
- Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.
- Administración y gestión de un pequeño establecimiento comercial.
- Empresa e iniciativa emprendedora.
El proyecto consistirá en la confección de un plan de empresa completo de su familia profesional, desde el origen de la idea hasta el análisis de su viabilidad.
- Categoría B, para alumnos de ciclos formativos de Grado Superior que estén cursando el módulo profesional de Proyecto: confección de un proyecto final de puesta en marcha de una idea de negocio emprendedora de su familia profesional.
- Categoría C, para alumnos de ciclos formativos de Grado Superior que estén cursando el módulo profesional de Proyecto: confección de un proyecto final de intraemprendimiento relacionado con la implementación de una innovación de productos/servicios, de procesos, organizacional y/o de marketing que pueda aplicarse a empresas, organismos y/o entidades público-privadas de su familia profesional.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
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- Fecha inicio plazo presentación
- 04/10/2019
- Fecha fin plazo presentación
- 24/10/2019
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Electrónico General de la Comunidad Autonóma de Cantabria, sin perjuicio de poder hacerlo en cualquiera de los lugares establecidos en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
El profesor responsable del proyecto deberá presentar la solicitud de participación, con el visto bueno del director del centro educativo, acompañada de la siguiente documentación:
- Un ejemplar del proyecto en papel y en formato digital, adecuado a lo establecido en el artículo 4 de esta Orden.
- Declaración responsable, según el modelo normalizado que figura como anexo II en la presente convocatoria, de cada uno de los alumnos participantes, sobre conocer y cumplir los requisitos de la presente Orden y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público.
En su solicitud el interesado podrá oponerse a que la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente recabe la siguiente información:
- Datos acreditativos de la identidad y domicilio del interesado.
- Certificados de Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) de la administración de la comunidad autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el interesado está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social.
En el supuesto de que el solicitante se oponga, deberá aportar, junto a la solicitud de participación, los documentos acreditativos correspondientes.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.
- Norma atributiva
Orden EDU/10/2021, de 29 de abril, que establece las bases reguladoras para la concesión de Premios del Concurso de Proyectos de Emprendedores en la Formación Profesional del sistema educativo en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
- Norma atributiva
Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 4 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.
- Órgano
- Consejera de Educación y Formación Profesional. Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente.
- Plazo
- Reposición: un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.
Normativa
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.