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Subvenciones para asociaciones de autónomos para el fomento y difusión de las posibilidades del trabajo autónomo para personas con discapacidad.

Ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar los gastos derivados de la realización de actividades de fomento y difusión de las posibilidades derivadas del trabajo autónomo para personas con discapacidad que realizan las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos establecidas, y que ejerzan su actividad de forma habitual en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Serán subvencionables los gastos de contratación de nuevo personal, salarios y costes derivados de las cotizaciones al Sistema de la Seguridad Social relacionados con los salarios indicados, para realizar las tareas de prestación de servicios de asesoramiento y apoyo en aspectos legales, fiscales, contables, laborales, régimen de ayudas, o sobre la organización de actividades de formación, orientadas al incremento de trabajadores autónomos entre el colectivo de personas con discapacidad.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direccion Del Icass (DIR3: A06027807)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Servicios Sociales e Igualdad
Empleo y Seguridad social
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

- Ser asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico.
- Tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Gozar de personalidad jurídica y estar legalmente constituidas, además de inscritas en el Registro Público correspondiente, si fuese exigible por la normativa vigente.
- Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de las ayudas, que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Los solicitantes para poder ser beneficiarios no podrán estar incursos en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 y 12.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Un (1) mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Memoria de la actividad a realizar.

Memoria de la actividad a realizar.

Obligatorio

Presupuesto detallado de la actividad a realizar.

Presupuesto detallado de la actividad a realizar.

Obligatorio

Certificado del número de autónomos asociados a la entidad.

Certificado expedido por el Secretario de la entidad solicitante del número de trabajadores autónomos asociados a la entidad, y cuántos de ellos tiene reconocida una condición de discapacidad.

Obligatorio

Acreditar ser asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.

Documentación acreditativa de ser asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico.

Obligatorio

Acreditar domicilio social en Cantabria.

Documentación acreditativa de tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Obligatorio

Acreditar estar legalmente constituídas como asociación e inscritas.

Documentación acreditativa de gozar de personalidad jurídica y estar legalmente constituidas, además de inscritas en el Registro Público correspondiente, si fuese exigible por la normativa vigente.

Obligatorio

Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Certificado de que la persona solicitante está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, así como certificado de hallarse al corriente en sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

Obligatorio

SOLICITUD (ANEXO I).

Solicitud.

Obligatorio

ANEXO I- Solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Subdirección de Dependencia del ICASS.
Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Directora del ICASS.
Plazo máximo de resolución
2 Meses
Plazo medio de resolución
2 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso de alzada.

Órgano

Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Plazo
Un (1) mes.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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