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Subvenciones destinadas a entidades locales para el desarrollo de proyectos que fomenten el envejecimiento activo y la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada.

Concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para impulsar proyectos destinados a la promoción del envejecimiento activo y la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada, en particular la que afecta a las personas mayores y a las personas con discapacidad.

Las actividades que se realicen en ejecución de los proyectos podrán enfocarse, entre otras actividades, en la promoción de hábitos saludables y la participación social, la creación de redes de apoyo, el fomento de la relación entre las personas del entorno próximo, así como el impulso de otras actuaciones que impliquen la comunicación directa, tanto generacional como intergeneracional.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direc. General De Dependencia, Atencion Sociosanitaria Y Soledad No Deseada (DIR3: A06027804)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Relaciones entre Administraciones Públicas
Servicios Sociales e Igualdad
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

1. Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas subvenciones los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que resultaron beneficiarios de la subvención de la Orden EPS/11/2023, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales para la financiación de actuaciones para la creación, dotación y mejora de Centros Comunitarios y/o de Minicentros Residenciales para la prevención y atención a la dependencia en la proximidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NextGenerationEU, para los centros de titularidad municipal previstos en el artículo 4.1.a) de la citada Orden.

2. Asimismo, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria con población inferior a 10.000 habitantes que, sin haber resultado beneficiarias de la subvención de la Orden EPS/11/2023, de 21 de abril, cumplan el resto de los requisitos establecidos en este artículo. Se tomará como referencia de la población de los municipios las cifras oficiales del Padrón Municipal publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE) referidas al 1 de enero del año inmediatamente anterior al de la convocatoria de la subvención.

3. Las entidades deberán comunicar por escrito la implantación de los servicios citados en el artículo 1 a la Dirección General competente en inspección en materia de Servicios Sociales, en los términos del artículo 14 del Decreto 40/2008, de 17 de abril, por el que se regulan la Autorización, la Acreditación, el Registro y la Inspección de Entidades, Servicios y centros de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de subvención de la convocatoria de que se trate, salvo que ya estén inscritos en el registro correspondiente a que hace referencia el Decreto 40/2008, de 17 de abril.

4. Las entidades deberán tener la disponibilidad jurídica del inmueble en el que se desarrollen los proyectos, que deberá tener, como mínimo, las siguientes dependencias:
a) Sala de usos múltiples, que podrá utilizarse como comedor.
b) Servicio adaptado con una superficie mínima de 4 metros cuadrados, permitiendo la inscripción en su interior de un círculo de 1,5 metros de diámetro y equipado con un lavabo sin pedestal y un inodoro (con barra fija y abatible para transferencia).
c) Despacho destinado a actividades administrativas.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN.

Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Consejería con competencias en inclusión social, debidamente cumplimentadas y firmadas por la persona que ostente la representación legal de la entidad, se realizarán en el modelo oficial que se incluya en la convocatoria como Anexo I y contiene las declaraciones y autorizaciones necesarias para tramitar el procedimiento.

Obligatorio

Anexo_I_solicitud

ANEXO II MEMORIA EXPLICATIVA Y PRESUPUESTO DEL PROGRAMA.

Descripción de las actividades que se realizarán dentro del proyecto y presupuesto total estimado para el Proyecto, desglosado por origen de financiación y por concepto de gasto.

Obligatorio

Anexo_II_memoria-presupuesto

ANEXO III CERTIFICACIÓN ACUERDO PRESENTACIÓN SOLICITUD.

Certificación del acuerdo para presentar solicitud de subvención a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, al amparo de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el desarrollo de proyectos que fomenten el envejecimiento activo y la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada, durante 2025.

Obligatorio

Anexo_III_acuerdo-solicitud

ANEXO IV MODELO COMUNICACIÓN/PUBLICIDAD.

Indicación de que el logotipo del Gobierno de Cantabria deberá colocarse en todo caso en lugar preferencial con las mismas proporciones y categoría que el logotipo de la entidad subvencionada, con detalle de texto e información gráfica.

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Este Anexo no se presenta con la solicitud, se ofrece a las entidades para facilitar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la comunicación y publicidad de las actividades del proyecto.

Anexo_IV_logotipos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General competente en materia de políticas públicas para luchar contra la soledad no deseada.
Norma atributiva

Orden ISO/08/2025, de 2 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el desarrollo de proyectos que fomenten el envejecimiento activo y la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
La persona titular de la Consejería competente en materia de inclusión social.
Norma atributiva

Orden ISO/08/2025, de 2 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el desarrollo de proyectos que fomenten el envejecimiento activo y la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
2 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición
o
Ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Órgano

Recurso potestativo de reposición: Consejero/a competente en materia de inclusión social.
Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Plazo
Recurso potestativo de reposición: en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación. Recurso contencioso - administrativo: en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden ISO/08/2025, de 2 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el desarrollo de proyectos que fomenten el envejecimiento activo y la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada
  • Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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