Concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General De Inclusion Social, Familias E Igualdad (DIR3: A06018754)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
Requisitos
- Requisitos
Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas subvenciones:
- En caso de Municipios, habrán de ser de la Comunidad Autónoma de Cantabria y contar con más de 5.000 habitantes, que no formen parte de las mancomunidades a que se refere el siguiente apartado.
- En caso de Mancomunidades, habrán de estar legalmente constituidas, estando integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Además, dichas Mancomunidades habrán de tener competencias en alguna de las obras y servicios señaladas a continuación: servicios sociales, ámbito y acción social, evaluación y atención a personas en riesgo de exclusión social, promoción de la igualdad de oportunidades y prevención de la violencia contra la mujer.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Anexo I Solicitud de subvención. Modelo oficial de solicitud publicada junto con la convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres.
Obligatorio
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Anexo II Memoria explicativa del proyecto. Memoria explicativa del programa y presupuesto del proyecto para el que se solicita la subvención.
Obligatorio
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Memoria escrita extensa. Para los proyectos que superen los 6.000 €, además del Anexo II, se acompañará memoria escrita extensa fuera de anexo.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Resultará obligatoria para proyectos cuyo presupuesto supere los 6.000 €. |
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Anexo III Certificación expedida por el Secretario/a-Interventor/a. Anexo III: Certificación expedida por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad local relativo a la resolución adoptada por el órgano competente por la que se acuerda solicitar la subvención para el impulso de las Oficinas de Atención e Información a las Mujeres.
Obligatorio
Anexo III Certifcación expedida por el Secretario/a-Interventor/a |
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Relación de plantilla del personal. En caso de existir, relación de la plantilla del personal de la entidad que solicita la subvención, que realice las actividades objeto de subvención, con detalle de su categoría profesional.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Resultará obligatoria en caso de contar la entidad local con personal que desarrolle las actividades objeto de la subvención. |
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Verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, nivel Estatal. Verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencias Estatal de la Administración Tributaria.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. En caso de oponerse a la verificación por parte del órgano gestor de la subvención, la entidad interesada deberá presentar el correspondiente certificado, o en caso de oponerse a la verificación por parte del órgano gestor de la subvención, la entidad interesada deberá presentar el correspondiente certificado, o declaración responsable firmada por el Interventor o Secretario-interventor de la Entidad Local de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la administración estatal. |
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Verificación del cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. Verificación del cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. En caso de oponerse a la verificación por parte del órgano gestor de la subvención, la entidad interesada deberá presentar el correspondiente certificado, o declaración responsable firmada por el Interventor o Secretario-interventor de la Entidad Local de estar al corriente de las obligaciones con Seguridad Social. |
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Verificación del cumplimiento de obligaciones con Admón. de Cantabria. Verificación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. En caso de oponerse a la verificación por parte del órgano gestor de la subvención, la entidad interesada deberá presentar el correspondiente certificado, o declaración responsable firmada por el Interventor o Secretario-interventor de la Entidad Local de estar al corriente de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria. |
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Declaración responsable al corriente de obligaciones tributarias y de S.S. Declaración responsable firmada por el Interventor o Secretario-interventor de la Entidad Local de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con Seguridad Social así como del resto de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Resultará obligatoria cuando la Entidad Local se oponga a la verificación por parte del órgano gestor de la subvención, y no presente los correspondientes certificados expedidos por la AEAT, ACAT y TGSS. |
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Anexo V Certificado de afectación. Anexo V Certificado del secretario/a o interventor/a del municipio o, en su caso, del Secretario/a Interventor/a de la mancomunidad, que haga constar la afectación de la subvención percibida al cumplimiento de la finalidad subvencionada, incluyendo una relación de las facturas correspondientes a los gastos de personal realizados, indicando concepto del gasto, fecha de emisión, número de factura, nombre y N.I.F. del expedidor-proveedor, el importe de las mismas y fecha de pago.
Obligatorio
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Memoria de actividades realizadas. Memoria de las actividades realizadas (fechas, actuaciones, usuarias o beneficiarias, localidades, contenidos, número total de horas dedicadas por las/os trabajadoras/es de la Oficina de Atención e Información a las Mujeres y tipos de servicios (social, psicológico o jurídico) prestados en las Oficinas de Atención e Información a las Mujeres), firmada por el/la representante legal de la entidad y resultados obtenidos.
Obligatorio
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Anexo VI Ficha de evaluación del proyecto realizado. Anexo VI Ficha de evaluación del proyecto realizado para la evaluación de las políticas de Igualdad en Cantabria.
Obligatorio
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Relación de ingresos y subvenciones recibidas. Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y procedencia.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Resultará obligatoria en caso de que la entidad local beneficiaria reciba ingresos o subvenciones adicionales que subvencionen la actividad objeto de esta subvención. |
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Indicadores de realización. La entidad beneficiaria deberá presentar la información relativa a los indicadores de realización de cada participante, de los previstos en el Anexo I del Reglamento (UE) 2021/1057 FSE+ que se detallan en el Anexo denominado.
Obligatorio
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Indicador de bienestar. Las entidades beneficiarias de la subvención deberán presentar los datos relativos a los cuestionarios del indicador de bienestar, cumplimentados obligatoriamente por cada una las mujeres usuarias de las Ofcinas, incluido asimismo en el Anexo.
Obligatorio
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Carta de pago de reintegro. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Resultará obligatorio en caso de remanentes no aplicados. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General con competencias en materia de Igualdad y Mujer, a través del Servicio de Violencia de Género.
- Norma atributiva
Orden ISO/09/2024, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fn de impulsar Ofcinas de Atención e Información a las Mujeres.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- El titular de la Consejería competente en materia de Igualdad y Mujer.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones. Orden ISO/09/2024, de 24 de junio.
- Plazo máximo de resolución
- 4 Meses
- Plazo medio de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.
- Órgano
- Recurso potestativo de reposición: El titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
- Recurso contencioso-administrativo: Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
- Plazo
- - Reposición: 1 mes desde la notificación de la resolución expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. - Contencioso-admvo: 2 meses desde la notificación de la resolución del procedimiento o desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley de Cantabria 1/2004, de 1 de abril, Integral para la Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Protección a sus Víctimas.
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- Orden ISO/09/2024, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fn de impulsar Ofcinas de Atención e Información a las Mujeres.
-
- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

