Decreto regulador del procedimiento de concesión directa a determinados Ayuntamientos, Mancomunidades, y otras entidades vinculadas o dependientes de una Administración Local de Cantabria y destinadas al fomento del desarollo local a traves de la contración de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Empleo y Seguridad social
- Becas, ayudas y premios
- Relaciones entre Administraciones Públicas
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Castellano.
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
- Entidades Locales que se puedan acoger a la prórroga de contratos, o el apoyo de la financiación del coste salarial de las contrataciones de las personas que estén desempeñando el puesto de AEDL y que estén relacionados en el Anexo I del Decreto y que hayan sido beneficiarios de las prórrogas otorgadas mediante el Decreto 73/2008, de 27 de julio.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social, y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o de cualquier otro ingreso de derecho público. El beneficiario deberá enviar certificados de cumplimiento de obligaciones de forma previa al pago de la subvención.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
N/A
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a plazos
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Decreto por el que se regula el otorgamiento de subvenciones por el procedimiento de concesión directa a determinados Ayuntamientos, Mancomunidades y otras entidades vinculadas o dependientes de una Administración local de Cantabria y destinadas al fomento del desarrollo local a través de la contratación de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Negativo
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
- Órgano
Consejo de Gobierno para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.
- Plazo
- Un mes desde el día siguiente a la publicación si es reposición y dos meses desde la fecha de publicación si es contencioso-administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Decreto por el que se regula el otorgamiento de subvenciones por el procedimiento de concesión directa a determinados Ayuntamientos, Mancomunidades y otras entidades vinculadas o dependientes de una Administración local de Cantabria y destinadas al fomento del desarrollo local a través de la contratación de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
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- Ley 2/2023, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2024.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

