Subvenciones destinadas a financiar el mantenimiento de establecimientos de hostelería de la categoría de bares, ubicados en municipios, y correspondientes entidades locales menores, de la comunidad autónoma de Cantabria en situación de riesgo de despoblamiento, con el fin de prevenir y superar el aislamiento social y la soledad no deseada.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General De Dependencia, Atencion Sociosanitaria Y Soledad No Deseada (DIR3: A06027804)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Personas físicas o jurídicas titulares de bares (autónomos y pequeñas y medianas empresas) inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Las personas físicas podrán presentar la solicitud y documentación correspondiente de forma telemática en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, accesible a través de la Sede Electrónica (sede.cantabria.es) o de forma presencial en cualquiera de los lugares previstos en artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las personas jurídicas y resto de sujetos citados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar la solicitud y correspondiente documentación a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, en la dirección electrónica https://sede.cantabria.es/.
Documentación requerida
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ANEXO I. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN. Las solicitudes, dirigidas a la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, debidamente cumplimentadas y firmadas por la persona que ostente la representación legal de la entidad, se realizarán en el modelo oficial que se incluye como Anexo I y contiene las declaraciones y autorizaciones necesarias para tramitar el procedimiento.
Obligatorio
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ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para acceder a la subvención.
Obligatorio
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ANEXO III. DECLARACIÓN DE AYUDAS SOLICITADAS /PERCIBIDAS. En su caso, declarar si además de las presentes ayudas, ha solicitado u obtenido en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se presenta la solicitud, subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, indicando, cuando proceda, organismo o entidad, tipo de ayuda, importe solicitato e importe concedido.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Se cumplimenta el Anexo III solo cuando, además de las presentes ayudas, la persona interesada ha solicitado u obtenido en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se presenta la solicitud, subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad. |
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ANEXO IV. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS EX ANTE. Declaración en prevención de riesgo de conflicto de interés basado en la autoevaluación que realizan las personas solicitantes de la subvención, que se deberá cumplimentar con carácter previo para los procesos de decisión y tramitación.
Obligatorio
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ANEXO V. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DNSH. Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH.
Obligatorio
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ANEXO VI. DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
Obligatorio
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ANEXO VII. DECLARACIÓN DE COMPROMISO. Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
Obligatorio
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ANEXO VIII. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS EX POST. Declaración en prevención de riesgo de conflicto de interés basado en la autoevaluación que realizan las personas solicitantes de la subvención, que se deberá aportar en el proceso de justificación.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Solo para las personas que resulten beneficiarias de la subvención. |
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ANEXO IX. MODELO ARTÍCULO 9 ORDEN HFP/1030/2021, DE 29 DE SEPTIEMBRE. La persona beneficiaria de la subvención deberá colocar un cartel permanente, tamaño A4 en el establecimiento objeto de la actuación, donde se tendrá que reflejar la procedencia de la financiación y el emblema de la UE + texto .
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Solo para quienes resulten beficiarios/as de la subvención |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Dependencia, Atención Sociosanitaria y Soledad no deseada.
- Norma atributiva
Orden ISO/11/2025, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a bares situados en municipios de Cantabria en riesgo de despoblamiento, para contribuir a la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
- Norma atributiva
Orden ISO/11/2025, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a bares situados en municipios de Cantabria en riesgo de despoblamiento, para contribuir a la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición
o
Ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.- Órgano
Recurso potestativo de reposición: Consejero/a competente en materia de inclusión social.
Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.- Plazo
- Recurso potestativo de reposición: en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación. Recurso contencioso - administrativo: en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Orden ISO/11/2025, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a bares situados en municipios de Cantabria en riesgo de despoblamiento, para contribuir a la prevención y superación del aislamiento social y la soledad no deseada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

