Inscripción en el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

Sede Electrónica

Inscripción en el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

Mejorar la información y cooperación entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el movimiento asociativo de mujeres.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direc. General De Inclusion Social, Familias E Igualdad (DIR3: A06018754)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Servicios Sociales e Igualdad
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Información sobre el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

Requisitos

Podrán ser inscritas en el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria, las asociaciones de mujeres así como las federaciones constituidas por aquéllas, que estando legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Cantabria, cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Que al menos el 90 % de las personas asociadas sean mujeres.
c) Que la totalidad de personas que compongan el órgano directivo de la entidad sean mujeres.
d) Que tengan entre sus fines fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y/o el impulso y/o la promoción de la figura y derechos de la mujer y/o fomentar la participación activa de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Abierto de forma continua.

Fecha inicio plazo presentación
04/06/2021
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

ANEXO I Solicitud de inscripción registro de asociaciones.

Solicitud de inscripción en el registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

Obligatorio

ANEXO I Solicitud de inscripción registro de asociaciones

ANEXO II Certificado de acuerdo de la entidad.

Certificado del acuerdo del órgano de gobierno de la entidad en el que se decidió la solicitud de la inscripción en el registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

Obligatorio

ANEXO II Certificado de acuerdo de la entidad

ANEXO III Certificado de composición directiva.

Certificado acreditando la composición del órgano directivo, junta directiva u órgano de representación.

Obligatorio

ANEXO III Certificado de composición directiva

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad.
Norma atributiva

Decreto 28/2018, de 5 de abril, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad.
Norma atributiva

Decreto 28/2018, de 5 de abril, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
1 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Alzada.

Órgano

Ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Igualdad del Gobierno de Cantabria.

Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada
  • Decreto 28/2018, de 5 de abril, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.
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