Sede Electrónica

Inscripción en el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria

Mejorar la información y cooperación entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el movimiento asociativo de mujeres.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
Órgano directivo
Direc. General de Inclusion Social, Familias e Igualdad (DIR3: A06018754)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Servicios Sociales e Igualdad
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser inscritas en el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria, las asociaciones

de mujeres así como las federaciones constituidas por aquéllas, que estando legalmente

constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Cantabria, cumplan los siguientes

requisitos: a) Que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Que al menos el 90 % de las personas asociadas sean mujeres.

c) Que la totalidad de personas que compongan el órgano directivo de la entidad sean mujeres.

d) Que tengan entre sus fi nes fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y

hombres; y/o el impulso y/o la promoción de la fi gura y derechos de la mujer y/o fomentar la

participación activa de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

a) Para la inscripción de la entidad:

1.º Copia del acta fundacional.

2.º Copia de los estatutos de la entidad.

3.º Fotocopia del Número de Identifi cación Fiscal de la entidad.

b) Para la constancia de las modifi caciones estatutarias:

1.º Copia del acta de reunión del órgano de gobierno que apruebe la modifi cación, en los

términos a que se refi ere el artículo 16 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora

del Derecho de asociación.

2.º El texto modifi cado de los estatutos de la entidad.

c) Para la constancia de la composición de junta directiva u órgano de representación, así

como sus modifi caciones:

1.º Certificación expedida al efecto por el órgano, conforme al modelo que se adjunta al

presente Decreto como Anexo III.

2.º Copia del acta de reunión del órgano de gobierno que apruebe su nombramiento o su

caso, la modifi cación de su composición.

d) Para la constancia de baja o disolución de la entidad, copia del acta de la reunión del

órgano de gobierno en que aquella sea acordada, en los términos a que se refi ere el artículo

17 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

Impresos
19 ANEXO I registro de asociaciones
04 ANEXO III registro de asociaciones
03 ANEXO II registro de asociaciones

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Igualdad y Mujer
Norma atributiva

Decreto 28/2018, de 5 de abril, por el que se crea y regula el Registro

de Asociaciones de Mujeres de Cantabria

Órgano que resuelve
DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD Y MUJER
Norma atributiva

Decreto 28/2018, de 5 de abril, por el que se crea y regula el Registro

de Asociaciones de Mujeres de Cantabria

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
ALZADA
Órgano
ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Igualdad y Mujer del Gobierno de Cantabria.
Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada

Decreto 28/2018, de 5 de abril, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Mujeres de Cantabria.

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