Registrar las actividades afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Presentación de la solicitud junto a la documentación correspondiente.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- 16/06/2008
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Modelo Solicitud de Registro COVs. A) Datos personales del responsable de la instalación a efectos del Registro y copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación que ostente. B) Datos de la instalación a registrar-: 1.- Titular 2.- Persona de contacto 3.-Emplazamiento de la instalación 4.- Código CNAE 93 5.- Breve descripción del proceso productivo origen de las emisiones de COVs 6.- Actividad principal y secundarias realizadas (anexo II del Real Decreto 117/2003) 7.- Tipo de Régimen (General o Especial) al que está sujeta la actividad, según los artículos 4 y 5 del Real Decreto 117/2003 8.- Focos con emisiones mayores de 10 Kg/h, en media, de carbono orgánico total 93- Sistema al que se acoge la actividad para el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Real decreto 117/2003, según el artículo 7 de dicho Real Decreto 10.- Descripción de los focos emisores y equipo/s de reducción de emisiones que en su caso tenga instalados 11.- Consumos de disolventes desglosados por actividad principal y secundarias 12.- Capacidad, forma de almacenamiento y descripción de las materias primas y productos terminados que contengan disolventes 13.- Documentación gráfica (planos con ubicación de instalaciones, almacenamientos, equipos de fabricación, puntos de emisión de COVs, etcétera). Sólo PDF.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
- Norma atributiva
- Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, y sucesivas modificaciones.
- Orden MED 13/2007, de 30 de mayo, por la que se regula la solicitud de inscripción y se crea el Registro de Instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, de Limitación de Emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles debidos al uso de disolvente en determinadas actividades, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Director General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
- Norma atributiva
Orden MED 13/2007, de 30 de mayo, por la que se regula la solicitud de inscripción y se crea el Registro de Instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, de Limitación de Emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles debidos al uso de disolvente en determinadas actividades, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 1 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada.
- Órgano
Consejero/a de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y, si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre Limitación de Emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades (BOE nº33, de 7-2-2003).
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- Orden MED 13/2007, de 30 de mayo, por la que se regula la solicitud de inscripción y se crea el Registro de Instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, de Limitación de Emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles debidos al uso de disolvente en determinadas actividades, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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- Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.