Notificación de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (APCAs).
Poner en conocimiento de la autoridad competente la construcción, montaje, explotación, traslado, modificación sustancial, cese o clausura de industrias pertenecientes al grupo C del Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera contemplado en el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmosfera y modificado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Medio Ambiente y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Que la industria pertenezca al grupo C del Catalogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmosfera contemplado en el anexo IV de la Ley 34/2007,de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmosfera, modificado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación (BOE nº 25, de 29 de enero de 2011). Los requisitos vienen establecidos en el formulario de notificación del Anexo I del Decreto 50/2009.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- En el caso de puesta en marcha de la instalación, el plazo será de tres meses desde la misma. En los demás casos, con antelación suficiente, el titular de la instalación deberá informar al órgano competente en materia de protección del ambiente atmosférico de cualquier proyecto de modificación en el carácter, el funcionamiento o el tamaño de la instalación, incluyendo su traslado, modificación sustancial, cese o clausura, previamente a su implantación, así como de todo cambio que afecte a la identidad o al domicilio del titular.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Presentación ante la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, calle Albert Einstein, 2, 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Formulario de notificación previsto en el Anexo I del Decreto 50/2009, debidamente cumplimentado. Certificado de adecuación a la normativa vigente de protección del ambiente atmosférico, firmado por quien ejerza la Dirección Técnica del Proyecto de acuerdo con el Anexo III del Decreto 50/2009, y medidas reglamentarias de cada foco realizadas por una ECAMAT.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
- Norma atributiva
Artículo 5.2 de Ley 34/2007,de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE Nº 275 de 16 de noviembre de 2007), artículo 8 del Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosférica industrial en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC Nº 125 de 1 de julio de 2009); artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC 9 de agosto de 2005) y Decreto 83/2015, de 31 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria (BOC nº62, de 31 de julio de 2015).
- Plazo de resolución
- -
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- -
- Órgano
- -
- Plazo
- -
Normativa
- Normativa aplicada
-
Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, - Corrección de errores del Real Decreto 1042/2017 del 15 de marzo de 2018, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación
-
Ley 34/2007,de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE Nº 275 de 16 de noviembre de 2007).Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosférica industrial en la Comunidad autónoma de Cantabria (BOC Nº 125 de 1 de julio de 2009). Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. Orden MED 2/2013, de 25 de enero, por la que se aprueban las instrucciones técnicas en materia de control de las emisiones a la atmósfera.
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