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Licencia de marisqueo a flote.

Autorizar la actividad de marisqueo a flote de buques pesqueros con puerto definitivo en la Comunidad Autónoma de Cantabria y pertenecientes al censo de flota pesquera operativa de otras artes distintas de arrastre en aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Pesca y Alimentacion (DIR3: A06004065)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

a) Embarcaciones con puerto base definitivo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Embarcaciones pertenecientes al censo de otras artes distintas de arrastre y cerco.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
07/10/2021
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En el Registro Auxiliar de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Solicitud genérica exponiendo los motivos y solicitando la licencia de marisqueo a flote, a través de la plataforma web del registro electrónico general (https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm).

Impresos
Anexo II

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Actividades Pesqueras.
Norma atributiva

Orden MED/03/2023, de 1 de marzo, por la que se establecen las normas que regulan el ejercicio del marisqueo a flote en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
La Dirección General de Pesca y Alimentación.
Norma atributiva

Decreto 178/2003, de 9 de octubre, por el que se establece la regulación marisquera en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de alzada.
Órgano
Consejero competente en materia de pesca marítima, marisqueo y acuicultura.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzcan los efectos del silencio.

Normativa

Normativa aplicada

Orden MED/03/2023, de 1 de marzo, por la que se establecen las normas que regulan el ejercicio del marisqueo a flote en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Ley de Cantabria 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria.

Decreto 178/2003, de 9 de octubre, por el que se establece la regulación marisquera en la Comunidad de Cantabria (BOC nº 205, de 24 de octubre de 2003).

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