Licencia de marisqueo a flote.
Autorizar la actividad de marisqueo a flote para embarcaciones del censo de artes menores que ejercen la actividad en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Pesca y Alimentacion (DIR3: A06004065)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
a) Embarcaciones incluidas en el censo de flota operativa que se encuentren debidamente despachadas.
b) Embarcaciones pertenecientes al censo de artes menores.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Solicitud genérica exponiendo los motivos y solicitando la licencia de marisqueo a flote, a través de la plataforma web del registro electrónico general (https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm).
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Actividades Pesqueras.
- Norma atributiva
Decreto 2/2019, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Órgano que resuelve
- La Dirección General de Pesca y Alimentación.
- Norma atributiva
Decreto 178/2003, de 9 de octubre, por el que se establece la regulación marisquera en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada.
- Órgano
- Consejero competente en materia de pesca marítima, marisqueo y acuicultura.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzcan los efectos del silencio.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden MED/18/2020, de 13 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden MED/45/2017, de 17 de noviembre, por la que se establecen las normas que regulan el ejercicio del marisqueo a flote en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
Decreto 178/2003, de 9 de octubre, por el que se establece la regulación marisquera en la Comunidad de Cantabria (BOC nº 205, de 24 de octubre de 2003).
-
Ley de Cantabria 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria.
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
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