Sede Electrónica

Inscripción en el registro de artesanos y talleres artesanos de Cantabria.

Solicitud de inscripción en el registro de artesanos y talleres artesanos de Cantabria y solicitud de expedición del documento de calificación artesanal, según lo establecido en la Ley 7/1998, de 5 de junio, de Artesanía de Cantabria.
Se considera actividad artesana toda actividad económica que suponga la creación, producción, restauración o reparación de bienes de carácter artístico o popular. Igualmente, será considera actividad artesana la prestación de servicios realizados mediante procesos en los que la actividad desarrollada sea predominantemente manual y que dé como resultado un producto fnal individualizado y distinto de una producción industrial totalmente mecanizada o en grandes series. La actividad artesanal puede llevar implícito el empleo de herramientas digitales o analógicas, de maquinaria auxiliar y de otros activos, siempre y cuando su uso forme parte de alguno de los procesos de elaboración de los productos o servicios y no sustituya por completo la intervención personal para la obtención del producto o servicio final.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direc. General De Industria, Energia Y Minas (DIR3: A06027837)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Empresas
Cultura
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
Tasas

Tasa por inscripción en el Registro de Industrias Artesanas.

Inscripción en el Registro de Industrias Artesanas (15,64 €).

Tasa por cambios de titularidad en el Registro de Industrias Artesanas.

Cambios de titularidad en el Registro de Industrias Artesanas (3,91 €).

Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos
  • Desarrollar una actividad artesana. Se considera actividad artesana toda actividad económica que suponga la creación, producción, restauración o reparación de bienes de carácter artístico o popular. Igualmente, será considera actividad artesana la prestación de servicios realizados mediante procesos en los que la actividad desarrollada sea predominantemente manual y que dé como resultado un producto fnal individualizado y distinto de una producción industrial totalmente mecanizada o en grandes series.
  • Que la actividad desarrollada figure en el Registro de Actividades Artesanas de Cantabria.
  • Que la persona responsable de la actividad productiva sea la que dirija o controle la totalidad del proceso productivo, asegurando el carácter artesano del producto.
  • Que la persona titular de la unidad económica esté dada de alta en el impuesto de actividades económicas y se halle al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Que el número de personas empleadas no exceda de diez.
  • Que el artesano responsable de la actividad reúna alguno de los siguientes requisitos:
    a) Estar en posesión de título obtenido con arreglo a la legislación vigente o disponer de título académico que habilite para la práctica artesana de que se trate.
    b) Ejercer notoria y públicamente la actividad de oficio artesano.
  • Realizar el pago de la tasa correspondiente.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
27/02/2007
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Presencialmente (solo personas físicas): En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio sita en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Electrónicamente: A través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "rec.cantabria.es".

Documentación requerida

Solicitud de inscripción.

Solicitud de inscripción en el registro de artesanos y talleres artesanos de Cantabria.

Cualquier formato debidamente firmado por el solicitante.

Obligatorio

Modelo DR-ATR

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Ordenación.
Norma atributiva

Decreto 11/2019, de 21 de febrero, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Director/a General de Industria, Energía y Minas.
Norma atributiva

Ley 7/1998, de 5 de junio, de Artesanía de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
1 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso de Alzada.

Órgano

Consejero/a de Industria, Empleo, Innovación y Comercio.

Plazo
1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 7/1998, de 5 de junio, de Artesanía de Cantabria.
  • Orden IND 32/2005, de 29 de abril, por la que se aprueba el Repertorio de Actividades Artesanas de Cantabria.
  • Decreto 54/2004, de 27 de mayo, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo de Artesanía de Cantabria.

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