Informe anual de RAP de residuos NO ENVASES.

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Informe anual de RAP de residuos NO ENVASES.

Informe anual que deben remitir determinados productores a través de sus sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada del productor. De acuerdo con el artículo 53 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, los sitemas individuales y colectivos estarán obligados anualmente a suministrar a todas las comunidades autónomas en las que operen, la información que contiene dicho artículo. Asimismo, de acuerdo con la normativa sectorial de cada tipo de residuo, el informe anual se comunicará de conformidad con:

  • Disposición Transitoria 8ª, 1. a), del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (BOE núm. 45, de 21/02/2015).
  • Artículo 16 del Real Decreto 710/2015, de 24 de julio, de pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos (BOE núm. 177 de 25/07/2015).
  • Artículo 14 del Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados (BOE núm. 132 de 03/06/2006) modificado por el Artículo 15.3 del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo (BOE núm. 75 de 27/03/2010).
  • Artículo 10 del Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (BOE núm. 2 de 3 de enero de 2006), modificado por el Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto (BOE núm. 213 de 07/08/2020).

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Medio ambiente
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Remisión de un informe o memoria anual por parte de determinados operadores económicos sobre sus actividades.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Según el plazo fijado en su normativa específica.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2021
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Director General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

- Decreto 113/2021, de 23 de diciembre, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo.

- Decreto 6/2023, de 7 de julio, de reorganización de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular (BOE nº 85, de 9 de abril de 2022).
  • Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
  • Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados, (BOE 132 de 3 de junio).
  • Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso, modificado por el Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto, (BOE 213 de 7 de agosto de 2020).
  • Real Decreto 710/2015, de 24 de julio, de pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos (BOE núm. 177 de 25/07/2015).
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