Habilitación excepcional y provisional para gerocultores/as, cuidadores/as, auxiliares de ayuda a domicilio y asistentes personales.
Habilitación excepcional y provisional para personas que trabajan o han trabajado en categorías profesionales de cuidador/a, gerocultor/a, auxiliar de ayuda a domicilio y asistente personal, en centros o servicios sociales en el ámbito de atención de personas en situación de dependencia, y que no cuenten con acreditación oficial de la cualificación profesional mediante la correspondiente titulación académica o certificado de profesionalidad.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Certificados
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Para la habilitación excepcional:
a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
b) Que la última empresa donde haya prestado sus servicios se encuentre ubicada en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
c) Acreditar que en la fecha de 31 de diciembre de 2017 se disponía de una experiencia laboral de al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas, en los últimos 12 años en la categoría profesional en que solicitan la habilitación excepcional, o sin alcanzar el mínimo de experiencia exigida, hubieran trabajado y tengan un mínimo de 300 horas de formación relacionada con la experiencia con las competencias profesionales de entre las siguientes: Cuidador/a, Gerocultor/a, Auxiliar de ayuda a domicilio, Asistente personal.
d) No disponer de acreditación oficial para el ejercicio de la profesión, a través de las titulaciones o certificaciones que se detallan en la Orden UMA/17/2018, de 24 de abril, o de sus equivalentes a efectos laborales.
Para la habilitación provisional:
a) Los establecidos en las letras a), b) y d) anteriores.
b) Haber trabajado con anterioridad al 31 de diciembre de 2017 en las categorías profesionales citadas, sin alcanzar los periodos de experiencia o formación establecidos en la letra c) anterior.
c) Comprometerse, mediante declaración responsable, a participar en procesos de evaluación y acreditación de dicha experiencia laboral, o a realizar formación vinculada.
En caso de no participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia, o no realizar la formación vinculada, la habilitación provisional dejará de tener efectos.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Hasta el 31 de diciembre de 2018.
- Fecha inicio plazo presentación
- 15/07/2019
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, calle General Dávila 87 de Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
Documentación acreditativa de la experiencia laboral, conforme a las siguientes especificaciones:
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación (Vida laboral).
- Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
En caso de que la habilitación que se solicite sea provisional, además habrán de presentar una declaración responsable, conforme al modelo normalizado.
- Impresos
- Declaración Responsable
- Solicitud
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Norma atributiva
Orden UMA/17/2018, de 24 de abril, por la que se establece el procedimiento de habilitación excepcional y provisional para gerocultores/as, cuidadores/as, auxiliares de ayuda a domicilio y asistentes personales, de centros y servicios sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
- Norma atributiva
Orden UMA/17/2018, de 24 de abril, por la que se establece el procedimiento de habilitación excepcional y provisional para gerocultores/as, cuidadores/as, auxiliares de ayuda a domicilio y asistentes personales, de centros y servicios sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano
- Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales
- Plazo
- 1 mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden UMA/17/2018, de 24 de abril, por la que se establece el procedimiento de habilitación excepcional y provisional para gerocultores/as, cuidadores/as, auxiliares de ayuda a domicilio y asistentes personales, de centros y servicios sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
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- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.