Sede Electrónica

Gestión de alertas alimentarias (SCIRI, iRASFF).

Actuaciones de control y notificación oficial de las incidencias relacionados con productos alimenticios que puedan constituir un riesgo, directo o indirecto, para la salud de los consumidores y que se gestionan y coordinan a traves de SCIRI (Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información), integrado a su vez en los restantes Sistemas de Alerta Alimentaria comunitarios (iRASFF) e internacionales (INFOSAN).
Asimismo, de otra parte, actuaciones de control y notificación oficial integradas en el Sistema de Asistencia y Cooperación Administrativa (ACA) para la asistencia interadministrativa sobre incidencias de posible fraude en productos alimenticios.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Salud
Órgano directivo
Direc. General De Salud Publica (DIR3: A06004091)
Clasificación
Inspectora
Materia(s)
Salud
Forma de inicio
De oficio
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos
No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación

No tiene.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

En el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el Registro  de la Secretaría General de la Consejería de Salud (Calle Federico Vial 13, 39009 Santander) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134  de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

  • Registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las entidades que integran la Administración Local, de cualesquiera organismos públicos y entidades vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas, así como en los registros de las Universidades públicas;
  • Oficinas de correos;
  • Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero;
  • Oficinas de asistencia en materia de registros;
  • Cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.

Documentación requerida

Lista de Distribución

Listado de distribución de lotes afectados por alerta alimentaria. Las listas en formato Excel contarán con las siguientes columnas: - Nombre producto. - Núm. Lote. - Código GTIN (EAN). - Fecha caducidad/Cons. pref. - Albarán. - Factura. - Fecha envío. - Cantidad. - Unidades (kg, g, bolsas, cajas, ...). - Nombre establecimiento destino * - Tipo de establecimiento *. - Franquicia (Sí/No) *. - Dirección (nombre y núm.) *. - Código postal *. - Municipio *. - Provincia *. - Comunidad Autónoma *. - País *. - Teléfono *. - e-mail *. * En las columnas referidas al establecimiento de destino deberán figurar los datos del establecimiento al que se ha enviado físicamente la mercancía, que no necesariamente tiene que coincidir con el establecimiento al que se ha vendido y que figura en las facturas.

Formato excel.

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Obligatoria su presentación en caso de haber distribuido a otro/s establecimiento/s lotes afectados por alerta alimentaria y no se haya facilitado a la inspección por otros medios.

Red Alerta Operadores

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Salud Pública. Servicio de Seguridad Alimentaria.
Norma atributiva

- Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

- Decreto 60/2007, de 24 de mayo, de modificación parcial de las estructuras orgánicas y de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad.

- Decreto 6/2023, de 7 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Decreto 54/2023, de 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Informes o dictámenes
  • Informe único, o complementario al acta, de hallazgos constatados en control oficial, en su caso. (plazo de elaboración: No hay plazo límite regulado. Inmediatamente tras el control.).
  • Informe de ensayo de resultados analíticos, en su caso. Informe técnico complementario devvaloración del cumplimiento de la legislación aplicable del resultado del ensayo, análisis o diagnóstico, en su caso. (plazo de elaboración: No hay plazo límite regulado. Sin demora injustificada.).
  • Órgano que resuelve
    Dirección General de Salud Pública.
    Norma atributiva

    - Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    - Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

    Plazo máximo de resolución
    -
    Plazo medio de resolución
    -
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Caducidad
    Inicio de oficio:
    Caducidad
    Pone fin a la vía administrativa
    No
    Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
    No
    Entidades Colaboradoras de Certificación

    En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

    Recursos

    Tipo

    Recurso de Alzada.

    Órgano

    Ante el Titular de la Consejería de Salud.

    Plazo
    Un mes.

    Normativa

    Normativa aplicada
    • Constitución Española.
    • Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
    • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
    • Ley 33/2011, de 4 de octubre General de Salud Pública.
    • Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria.
    • Ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.
    • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
    • Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
    • Real Decreto 697/2022, de 23 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN OA).
    • Reglamento (CE) n.º 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
    • Reglamento (UE) n.º 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017 relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.
    • Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2019/1715 de la Comisión de 30 de septiembre de 2019 por el que se establecen las normas para el funcionamiento del sistema de gestión de la información sobre los controles oficiales y sus componentes (Reglamento SGICO).

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