Fomentar el uso de la bicicleta entre la comunidad educativa (alumnos, profesores, padres) con el objetivo de colaborar a desarrollar comportamientos de movilidad sostenible, recuperar espacios públicos para el uso ciudadano en entornos de calidad, hacer de la bicicleta un medio de transporte cotidiano, favorecer la independencia de los estudiantes para acudir a los centros escolares, además de formar a los usuarios en aspectos técnicos y de mantenimiento de la bicicleta.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Urbanismo Y Ordenacion Del Territorio (DIR3: A06027829)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Dirigido a centros educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sin ánimo de lucro, sostenidos con fondos públicos y que impartan:
Educación Infantil, Primaria y Secundaria obligatoria, Bachiller, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Será un (1) mes a partir de la publicación en el Boletín oficial de Cantabria, del extracto de la convocatoria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Solicitud interesado y otra información. Documento del Anexo I suscrito por el Director del centro educativo, identificando a este centro con datos básicos de contacto y otra información como: DECLARO RESPONSABLEMENTE: Ser ciertos cuantos datos figuran en la solicitud y, en su caso, la documentación adjunta. Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimiento de las bases reguladoras y la convo¬catoria de la ayuda. Cumplir los requisitos exigidos en las bases reguladoras y en la convocatoria. No incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener sub¬venciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Ser ciertos los datos bancarios de la cuenta corriente a nombre la asociación en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda. CERTIFICA: (marcar con una X la opción que proceda) Que en esta entidad NO ES DEDUCIBLE la cuota del IVA en la actividad objeto de la presente subvención. Que en esta entidad SÍ ES DEDUCIBLE la cuota del IVA en la actividad objeto de la presente subvención. AUTORIZO A la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio a obtener vía telemática la situación de deudas requerida para ser beneficiario y percibir la subvención. (marcar con una X la opción que proceda): SI NO PDF firmado electrónicamente.
Obligatorio
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Propuesta con el contenido mínimo del Anexo I. CONTENIDO DE LA PROPUESTA En este Anexo se especifican los contenidos básicos que han de constar en la propuesta. Junto al contenido básico de este Anexo se podrá añadir cualquier otro contenido o documento que se estime conveniente: INFORMACIÓN BÁSICA. Nombre del Proyecto. Dirección, e-mail y teléfono contacto. Grupo para el que presenta la solicitud (A o B) Nombre de la persona referente del Proyecto. Integrantes del Equipo que participa en el proyecto. DESCRIPCIÓN. Justificación y contexto en el que se enmarca la propuesta. Objetivos generales y específicos, alineados con los fines establecidos en la convocatoria. Descripción de las actividades a desarrollar. RECURSOS NECESARIOS. Justificación de los recursos necesarios. Relación valorada de recursos técnicos, materiales y humanos, indicando su vinculación con cada una de las acciones contempladas en el proyecto (Anexo III). PARTICIPACIÓN. Colaboración y participación activa de agentes externos cuya implicación haya sido formalizada con anterioridad a la presentación de la solicitud, y se concreta en: -.Fechas de coordinación o reuniones previas. -.Cesión de materiales o recursos. -.Participación en la organización de actividades. Dicha colaboración se deberá encontrar debidamente documentada y justificada. TRANSVERSALIDAD. Implicación de la propuesta con otras líneas de trabajo del centro educativo. Las propuestas deberán estar debidamente desarrolladas. PROGRAMACIÓN. Planificación detallada de las actividades a desarrollar a lo largo del curso escolar, indicando fechas previstas, objetivos asociados, responsables de ejecución¿ DIFUSION. Descripción de las actuaciones de difusión del proyecto tanto dentro del centro como fuera de este. INDICADORES. Se establecen los siguientes indicadores cualitativos y cuantitativos, que permitirán valorar el grado de consecución de los objetivos del proyecto: -.Nivel de participación del alumnado y profesorado. -.Grado de cumplimiento de la programación. -.Valoración del impacto por parte de los agentes implicados. -.Indicadores específicos por actividad o área. PDF firmado electrónicamente.
Obligatorio
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Certificado del Consejo Escolar. Se deberá acreditar la sesión del Consejo en certificado donde conste la aprobación de la solicitud de participación del centro en la convocatoria. PDF firmado electrónicamente.
Obligatorio
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Certificado del Clautro de Profesores. Sesión del Claustro de profesores donde conste el compromiso para desarrollar el proyecto. PFD firmado electrónicamente.
Obligatorio
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Presupuesto del proyecto y cuantía subvención solicitada. En la convocatoria se dispondrá de anexo específico para refeljar esta información. En el caso de que el coste del proyecto supere la cuantía solicitada de la ayuda, corresponderá su financiación al centro educativo mediante fondos propios o mediante cofinanciación de otras entidades, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la presente Resolución. En este último caso, en el Anexo se realizará declaración acerca de otras subvenciones solicitadas o por solicitar a cualquier otro organismo, tanto público como privado, para la realización total o parcial del proyecto para el que se solicita la subvención, especificando su importe. El presupuesto presentado será vinculante a la hora de la justificación, admitiendose una variación respecto al inicial de hasta un máximo del 20% del total. PDF firmado electrónicamente
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- La persona titular de la Dirección General competente en materia de ordenación del territorio del Gobierno de Cantabria.
- Norma atributiva
Artículo 6. 1. de la Orden OBR/2/2022, de 8 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de fomento de uso de la bicicleta en centros educativos de enseñanza no universitaria. Programa +BICEPS.
- Informes o dictámenes
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- Informe de la Comisión de Valoración, según art.6 de las Bases Reguladoras. (plazo de elaboración: Sin plazo determinado.).
- Órgano que resuelve
- La persona titular de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio del Gobierno de Cantabria.
- Norma atributiva
- Art. 9.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Art. 8 de la Orden OBR/2/2022, de 8 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras (B.O.C. nº 171 del 5 de septiembre de 2022 corrección errores y publicación íntegra),
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 4 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
- Potestativo de reposición.
- Contencioso-Administrativo.
- Órgano
- La persona titular de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio del Gobierno de Cantabria, para el recurso de reposición.
- La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
- Plazo
- - 1 mes, en vía administrativa. - 2 meses, ante la juridicción contencioso-administrativa.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden FOM/17/2025, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden OBR/2/2022, de 8 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a financiar proyectos de fomento de la bicicleta en centros educativos de enseñanza no universitaria. Programa +BICEPS.
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- Orden OBR/2/2022, de 8 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a financiar proyectos de fomento de la bicicleta en centros educativos de enseñanza no universitaria. PROGRAMA +BICEPS.
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- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

