Gestión de la solicitud del número de depósito legal de publilaciones.
Gestión de la entrega de ejemplares físicos.
Gestión de la solicitud de desistimiento del número de Depósito Legal.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General De Cultura Y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
- Clasificación
- Gestión Económica y Patrimonial
- Materia(s)
- Cultura
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Ser impresor o editor, en los casos establecidos por la legislación y normativa vigente, de una publicación en cualquier tipo de soporte.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Plazo sin determinar.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria.
Oficinas de Registro del Gobierno de Cantabria.
Oficinas de asistencia a los registros.
Oficina del Negociado de Depósito Legal y Propiedad Intelectual de la Biblioteca Central de Cantabria.
Documentación requerida
Formulario de solicitud de número de Depósito Legal. Formulario en el que se cumplimentan los datos del solicitante, del impresor o del editor e indicaciones del título de la obra a editar, tirada y tipología dolcumental.
Obligatorio
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Constitución del Depósito Legal. Documento en el que se aportan los datos del depositante y del impresor o del editor, del título del libro editado, del número de Depósito Legal asignado y del número de ejemplares entregados. Igualmente se declaran cuestiones relacionadas con ediciones en archivo digital.
Obligatorio
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Declaración de desistimiento. Documento en el que se renuncia a la publicación de un título para el que se solicitó número de Depósito Legal, con indicación expresa de los datos del depositante, del título y del número de Depósito Legal.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico.
- Norma atributiva
Ley 23/2011 de Depósito Legal, modificada por la Ley 8/2022.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Plazo máximo de resolución
- 5 Días hábiles
- Plazo medio de resolución
- 3 Días hábiles
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- No tiene
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley 23/2011 de 29 de julio de Depósito Legal (BOE núm. 182, de 30/07/2011).
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- Ley 8/2022, de 4 de mayo, por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal (BOE núm. 107, de 5 de mayo de 2022).
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.