Este procedimiento permite la formalización de Convenios entre empresas o grupos de empresas y el Servicio Cántabro de Empleo para la realización de prácticas no laborales dirigidas a personas jóvenes sin experiencia laboral que posean una titulación oficial universitaria, de FP de grado medio o superior, o la correspondiente en enseñanzas artíticas o deportivas, o bien un certificado profesional, con el fin de mejorar su empleabilidad y ofrecer un primer contacto con la realidad laboral.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Convenios de Colaboración y comunicaciones administrativas
- Materia(s)
- Empleo y Seguridad social
- Educación y formación
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Castellano.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Podrán beneficiarse las empresas con centros de trabajo radicadas en Cantabria, así como las personas jóvenes (entre 18 y 25 años), que deben tener un título oficial universitario, de formación Profesional de grado medio o superior, o bien un certificado profesional.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
En cualquier momento.
- Fecha inicio plazo presentación
- 09/04/2021
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
MODELO TIPO CONVENIO PRÁCTICAS. Modelo de convenio tipo.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Formación.
- Norma atributiva
Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016).
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Art. 12.e) del Estatuto del organismo autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado mediante Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo, de Creación del Servicio Cántabro de Empleo.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación/notificación de la resolución.
- Órgano
Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.
- Plazo
- Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
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- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.