Concesiones en dominio público portuario (Puertos de Cantabria).

Sede Electrónica

Concesiones en dominio público portuario (Puertos de Cantabria).

Preservar y conservar las características físicas y jurídicas del dominio público portuario de modo eficiente, a través del otorgamiento de concesiones para obras, instalaciones o usos compatibles con los usos portuarios en los puertos de titularidad Autonómica.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Aguas Y Puertos (DIR3: A06027830)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Vivienda y Urbanismo
Obras Públicas, tráfico y transportes
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
Tasas

Canon o prestación patrimonial pública (artículos 44 y 45 Ley 5/2004 de Puertos de Cantabria)

El canon por ocupación privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario: - Canon por ocupación de suelo: 3,94 euros por metro cuadrado y año. - Canon por ocupación de lámina de agua: 0,98 euros por metro cuadrado y año. - Canon por utilización de instalaciones o del dominio público: seis por ciento del coste de las instalaciones. - Canon por aprovechamiento especial del dominio público portuario: no podrá exceder del 5 por ciento de la facturación.

Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Normativa: Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria. Noticias: Concursos convocados para el otorgamiento de concesiones.

Requisitos

Requisitos

Que se vaya a realizar ocupación del dominio público portuario con obras o instalaciones no desmontables o por plazo superior a tres años. Las solicitudes de concesión solo podrán referirse a obras, instalaciones o usos compatibles con las normas y preceptos que establezca el plan especial de ordenación del espacio portuario, o en su defecto, el respectivo plan de utilización del correspondiente espacio portuario.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

En cualquier momento anterior a la ocupación del dominio público portuario o en el plazo establecido en la convocatoria del concurso.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro delegado del Servicio de Puertos, calle Alta 5, 3ª planta, 39008, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Puertos del Gobierno de Cantabria.
Norma atributiva

Decreto 113/2021, de 23 de diciembre, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Consejero/a competente en materia de puertos.
Norma atributiva

Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
4 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
7
Negativo
Inicio por interesado:
Negativo
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso de reposición.

Órgano

Consejero/a competente en materia de puertos.

Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.

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