Comunicación de medidas alternativas en sustitución del cumplimiento de la cuota de reserva del 2% de la plantilla a favor de personas con discapacidad.

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Comunicación de medidas alternativas en sustitución del cumplimiento de la cuota de reserva del 2% de la plantilla a favor de personas con discapacidad.

Comunicar las medidas alternativas a que están obligadas las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 ó más personas trabajadoras y que hayan obtenido la declaración de excepcionalidad prevista en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Orden de 24 de julio de 2.000, por la que se regula el procedimiento administrativo referente a las medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores, reguladas por el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero. (Aplicable, en cuanto no se oponga al Real Decreto 364/2005, de 8 de abril).
Real Decreto 364/2005, de 8 de abirl, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de trabajadores con discapacidad.

Requisitos

Empresas que han obtenido la declaración de excepcionalidad y la autorización para la adopción de las medidas alternativas para el cumplimiento de la cuota de reserva a favor de personas trabajadoras con discapacidad.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Mes siguiente a la adopción de la medida alternativa.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

v7_Comunicación de medidas Alternativas. Anexo III.docx

Comunicación de medidas alternativas

Obligatorio

Comunicacion de medidas Alternativas. Anexo III (1)

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio Cántabro de Empleo.
Norma atributiva

- Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo.

- Artículo 6 del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden de 24 de julio de 2000, por la que se regula el procedimiento administrativo referente a las medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 a favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores.
  • Real Decreto 364/2005,de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.
  • Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo.
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