Gestión de las comunicaciones de los cambios de titularidad de los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la PAC.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca Y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General De Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
- El cedente tiene que ser titular de derechos de ayuda básica a la renta.
- El cesionario tiene que ser agricultor activo (excepto en los casos de cesión por sucesión inter vivos o mortis causa).En el caso de cesiones de derechos de ayuda básica la renta con tierras se exigirá al cesionario que aporte documentación que acredite que todas las parcelas por las que solicita asignación de estos derechos están a su disposición.
- Los derechos sólo podrán ser cedidos dentro de la misma región del régimen donde fueron asignados.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Las cesiones podrán realizarse en cualquier momento del año debiendo comunicarse en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre y la fecha de fin de plazo de modificación de la Solicitud Única de ayudas de la PAC.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a plazos
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación requerida
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Solicitud cesión de derechos ayuda básica a la renta 2025. Intervinientes, modalidad de cesión e identificación de los derechos cedidos.
Obligatorio
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Documentacion cesión derechos de ayuda básica. Documentación general y específica a presentar según la modalidad de cesión.
Obligatorio
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Modelo autorización de datos. Autorización para recabar certtificados y consulta de archivos de organismos competentes.
Obligatorio
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Declaración matrimonial de gananciales. Declaración del régimen matrimonial de gananciales.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. En modalidades de personas físicas para evitar la creación de condiciones artificiales. |
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Declaración de no compartir explotación con cónyuge. Declaración del cesionario incorporado a la actividad agraria de no compartir el uso de manera simultánea de la unidad de producción con su cónyuge ni con ningún familiar de primer grado, por afinidad o consanguinidad.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. En modalidades de personas físicas para evitar la creación de condiciones artificiales. Declaración de cesionario de no compartir explotación de cónyuge |
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Relación de socios. Declaración del representante legal de las cuotas de participación de los socios.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. En modalidades de personas jurídicas. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 4 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Alzada.
- Órgano
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa, a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nª 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013.
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- Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) nª 1306/2013.
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- Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.
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- Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
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- Orden DES/7/2025, de 24 de febrero, por la que se convocan las ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Europeo Agrícola de Garantía) y FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) incluidas en la solicitud única para el año 2025, y se recogen las bases aplicables a las mismas.
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- Circular 7/2025 del FEGA sobre gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

