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Baja en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) de Cantabria.

Deberán presentar solicitud de baja en el Regristro RERA de Cantabria, las empresas inscritas cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.- Sus instalaciones principales radican fuera de Cantabria.
2.- Cese en las actividades con riesgo de amianto.
3.- Cese en su actividad.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Icasst (DIR3: A06027806)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Empresas
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Formulario de consultas.

Requisitos

Requisitos

Están obligadas a solicitar la baja en la inscripción las empresas que están inscritas en el RERA de Cantabria y acreditan que se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Sus instalaciones principales radican fuera de Cantabria.
  • Ha cesado en las actividades con riesgo de amianto.
  • Ha cesado en su actividad.


    Se deberá adjuntar, junto al formulario de solicitud, la documentación que acredite el motivo de la baja.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Abierto todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Solicitud.

Solicitud modelo oficial.

Firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad solicitante.

Obligatorio

FICHA BAJA RERA_

Documentos justificativos del motivo de la baja en RERA.

En cada caso, los previstos en el apartado 5 del artículo 8 de la Orden EMP/62/2009, de 20 de julio (BOC nº 148 de 4-08-2009).

Firmado electrónicamente por la persona representante de la entidad solicitante.

Obligatorio

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Promoción y Planificación Preventiva. Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo (ICASST).
Norma atributiva

Orden EMP/62/2009, de 20 de julio, de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Director/a General de Trabajo.
Norma atributiva

Orden EMP/62/2009, de 20 de julio, de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Real Decreto 39/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
1 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso de alzada.

Órgano

Consejería competente en materia de Trabajo.

Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden EMP/62/2009, de 20 de julio, de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo y Orden EMP/1/2011, de 11 de enero, por la que se modifica la anterior.

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