El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y convocatoria, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a financiar actuaciones para el establecimiento de ecosistemas emprendedores para en el territorio rural mediante el desarrollo e implementación de soluciones tecnológicas innovadoras. Estas ayudas forman parte del programa Redes territoriales de especialización tecnológica (retech) y estan cofinanciadas a través de fondos Next Generation EU, en el marco del Plan de Recueración, Transformación y Rersiliencia.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Economia, Hacienda, Financiacion Autonomica Y Fondos Europeos
- Órgano directivo
- Direc. General De Fondos Europeos (DIR3: A06027847)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
- Tecnología, Investigación e Innovación
- Empresas
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
Requisitos
- Requisitos
Tendrán la condición de entidad beneficiaria, conforme a lo recogido en las presentes bases, los autónomos o asimilados y las pymes legalmente constituidas, con un centro productivo ubicado en Cantabria y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen su actividad dentro del sector tecnológico en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que no formen parte del sector público, considerado de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público así como la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Solicitud. Solicitud. Firma electrónica.
Obligatorio
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Proyecto técnico. Estructura del proyecto técnico.
Obligatorio
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Cuenta justificativa. Cuenta justificativa de los gastos realizados.
Obligatorio
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Memoria técnica. Memoria técnica de las actuaciones subvencionables.
Obligatorio
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Solicitud de pago. Solicitud de pago y justificación de las ayudas. Firma electrónica.
Obligatorio
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Declaración de compromiso. Declaración de compromiso de cumplimiento de los principios transversales del prtr. Firma electrónica.
Obligatorio
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Declaración de ausencia de conflicto de intereses. Declaración de ausencia de conflicto de intereses. Firma electrónica en formato PAdES.
Obligatorio
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Declaración responsable. Declaración responsable.de otras subvenciones o ayudas públicas cobradas y/o solicitadas para la misma actuación o finalidad que la solicitada en el contexto del presente programa de ayudas, o bajo el régimen de minimis durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, de cualquier administración, organismo o entidad pública, nacional o internacional. Firma electrónica.
Obligatorio
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Declaración de cesión y tratamiento de datos. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (prtr). Firma electrónica.
Obligatorio
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Carta de compromiso. Carta de compromiso. Firma electrónica.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Fondos Europeos.
- Norma atributiva
- Decreto 98/2024, de 19 de diciembre, por el que se modifica la Estructura Orgánica y la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario de la Consejería de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos, y se modifica parcialmente la Estructura Orgánica y la Relación de Puestos de trabajo del Instituto Cántabro de Estadística.
- Orden del Consejero de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a ecosistemas emprendedores para un territorio rural inteligente (triruraltech), mediante el desarrollo e implementación de soluciones tecnológicas innovadoras en el ámbito rural, en el marco del programa "redes territoriales de especialización tecnológica (retech)" en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia; y se aprueba la convocatoria para el año 2025.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Consejero de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos.
- Norma atributiva
Orden HAC/5/2025 de 3 de marzo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a ecosistemas emprendedores para un territorio rural inteligente (triruraltech), mediante el desarrollo e implementación de soluciones tecnológicas innovadoras en el ámbito rural, en el marco del programa "redes territoriales de especialización tecnológicas innovadoras en el ámbito rural, en el marco del programa retech".
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Podrá interponerse potestativamente recurso de reposición.
Igualmente, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo.- Órgano
Recurso de reposición. Ante la persona titular de la Consejería competente en materia de fondos europeos.
Recurso contencioso-administrativo. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.- Plazo
- Recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden HAC/5/2025 de 3 de Marzo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a ecosistemas emprendedores para un territorio rural inteligente (triruraltech), mediante el desarrollo e implementación de soluciones tecnológicas innovadoras en el ámbito rural, en el marco del programa.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

