Concesión directa, en régimen de mínimis, de una ayuda excepcional para paliar las consecuencias económicas ocasionadas a las explotaciones agrarias de Cantabria por la extrema sequía de la primavera y verano de 2022.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca Y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General De Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Forma de inicio
- De oficio
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Ser titular de explotación agrícola y ganadera de Cantabria y haber obtenido una resolución de concesión de la ayuda de zonas con limitaciones naturales (ZLN) de la campaña 2022 y cumplir los requisitos y obligaciones de los artículos 12 y 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El Decreto 104/2022, de 27 de octubre, establecía que no se requería presentar solicitud de la ayuda al entenderse presentada con haber presentado en la Solicitud única prevista en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, la solicitud de ayuda de ZLN de la campaña 2022 prevista en el Programa de Desarrollo Rural de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
ANEXO I renuncia u oposición. Solicitar la renuncia u oposición.
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
- Reglamento (UE) n.º 1408/2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.
- Decreto 104/2022, de 27 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para paliar los graves efectos de la sequía en las producciones ganaderas y agrícolas de Cantabria.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Consejo de Gobierno de Cantabria.
- Norma atributiva
Artículo 7 del Decreto 428/2022, de 7 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para paliar los graves efectos de la sequía en las producciones ganaderas y agrícolas de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- Según normativa aplicable
- Plazo medio de resolución
- Según normativa aplicable
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de Cantabria en aplicación del artículo 7.6 del Decreto 104/2022, de 27 de octubre y del artículo 147.1 a) y 149 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 meses.
- Órgano
Consejo de Gobierno de Cantabria.
- Plazo
- El recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Reglamento (UE) n.º 1408/2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.
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- Decreto 104/2022, de 27 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para paliar los graves efectos de la sequía en las producciones ganaderas y agrícolas de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.