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Autorización previa de instalación de valorización a efectos del Reglamento (CE) nº 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos.

Autorizar por el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma donde estén ubicadas las instalaciones de valorización de residuos de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento (CE) nº 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Medio ambiente
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Ser persona física o jurídica titular de una instalación de valorización de residuos ubicada en la Comunidad Autónoma de Cantabria que pretenda ser destinataria de residuos en el ámbito del Reglamento (CE) nº 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos, o norma que lo sustituya, que no se encuentra incluida en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, (BOE núm. 316, de 31 de diciembre de 2016).

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
24/03/2021
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Modelo solicitud Autorización Previa Instalación Valorización Residuos.

Modelo solicitud Autorización Previa Instalación Valorización Residuos.

PDF

Obligatorio

Modelo solicitud Autorización Previa Instalación Valorización Residuos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, y sucesivas modificaciones.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Director de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC, nº 152, de 9 de agosto de 2005), y sucesivas modificaciones.

Plazo máximo de resolución
10 Meses
Plazo medio de resolución
1 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso de alzada.

Órgano

Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es.

Normativa

Normativa aplicada
  • Reglamento (CE) nº 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos (DO L 190/1, de 12 de julio de 2006).

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