Sede Electrónica

Autorización de modificaciones de local de oficina de farmacia.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Salud
Órgano directivo
Direc. General de Farmacia, Humanizacion y Coordinacion Sociosanitaria (DIR3: A06029672)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Salud
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

Las modificaciones del local en que se ubica la farmacia que impliquen obras, deberán ser autorizadas por la Consejería de Salud, en especial las que supongan desplazamiento en el centro de la fachada o afecte a los accesos al mismo. En el caso de que la modificación del local afecte a los accesos, se podrá autorizar la modificación aun cuando no se cumplan las distancias mínimas a otras oficinas de farmacia o centros públicos de asistencia sanitaria con consultas externas o dotados de servicios de urgencias en funcionamiento o en fase de proyecto o construcción, siempre que se respeten, al menos, las preexistentes. Podrán admitirse requisitos técnico-sanitarios excepcionales que, en todo caso, deberán suponer una mejora sobre las condiciones del local.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

Se presentará una solicitud de autorización para la realización de modificaciones del local acompañada de la siguiente documentación: Proyecto de obra redactado por técnico competente que acreditará convenientemente su colegiación; previsión de inicio de las obras y plazo de ejecución; garantías sobre el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de los medicamentos y productos sanitarios durante la ejecución de las obras; previsión de cierre o no de la oficina de farmacia para la ejecución de las obras; medidas para garantizar la adecuada atención farmacéutica en caso de que no se proceda al cierre; certificación expedida por técnico competente, que acreditará convenientemente su colegiación, en la que conste el estado de construcción del local, la superficie útil de que se dispone, detalle de su distribución, plantas que ocupará, localización exacta, características de sus accesos desde la vía pública, así como su situación y distancias respecto a las oficinas de farmacia más cercanas y cualquier centro público de asistencia sanitaria con consultas externas o dotados de servicios de urgencias en funcionamiento o en fase de proyecto o construcción, indicando expresamente que las mediciones se han realizado según lo establecido en el artículo 3 del Decreto 7/2003, de 30 de enero; tasa de autorización de modificación del local de oficina de farmacia.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Sección de Ordenación Farmacéutica.
Norma atributiva

Decreto 54/2023, de 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Órgano que resuelve
Director/a General de Farmacia, Humanización y Coordinación Sociosanitaria.
Norma atributiva

Decreto 54/2023, de 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada.
Órgano
Consejero/a de Salud.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa; si es presunta, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Normativa

Normativa aplicada

Ley 7/2001, de 19 diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cántabria. Decreto 7/2003, de 30 enero, por el que se aprueba la Planificación Farmacéutica y se establecen los requisitos Técnico-Sanitarios, el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización, transmisión, traslados, modificaciones y cierre de las Oficinas de Farmacia, y posteriores modificaciones, modificado por el Decreto 7/2015, de 29 de enero.

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