Sede Electrónica

Autorización de instalación de sala de bingo y modificación y renovación de la misma.

Autorizar los establecimientos que reúnan las condiciones y requisitos previstos en la normativa aplicable para la práctica del juego del bingo.
Renovar la autorización de los establecimientos autorizados como sala de bingo, que reúnan las condiciones y requisitos previstos en la normativa aplicable.
Autorizar las modificaciones que supongan alteración de cualquiera de los términos de la autorización de instalación o del permiso de apertura.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General De Seguridad Y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Turismo, ocio y tiempo libre
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
Tasas

Autorización, modificación y renovación establecimiento sala de bingo

Concepto: 2023, 2024, 2025. Importe: 1.221,69 €. Modificación y renovación: 50% de la tasa correspondiente. Medios de pago: Cuenta corriente, Tarjeta bancaria o pago en oficina.

Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Normativa de aplicación a la solicitud de autorización de instalación de una Sala de Bingo.

Requisitos

Requisitos

Inscripción de la empresa solicitante en el Registro de Juego.
A esta solicitud, deberán acompañarse los siguientes documentos:
a) Documento acreditativo de la representación de la persona o Empresa solicitante por parte de quien suscriba la solicitud, en alguna de las formas previstas por el ordenamiento administrativo.
b) Plano de situación del edificio en el municipio a escala 1/1.000, como mínimo.
c) Plano o planos de planta del local a escala 1/100, con expresión de la superficie total; las superficies de los espacios en que esté distribuido el local; la situación de la Mesa de Control, del Aparato de Sorteo, de los Paneles Informativos, de los Monitores de TV y demás elementos mecánicos para la práctica del Juego; las columnas o elementos que impidan o dificulten la visibilidad; la localización de los servicios de hostelería, en su caso; los servicios sanitarios; las puertas ordinarias y de emergencia, y las medidas de seguridad a instalar.
d) Memoria descriptiva del local, suscrita por Arquitecto, con referencia al estado del mismo, a todos los extremos relacionados en el apartado anterior y a la capacidad útil de la sala, medida en número de personas sentadas, y certificación, asimismo, suscrita por Arquitecto sobre la seguridad y solidez del local y aptitud de los mismos para Sala de Bingo.
e) Documento que acredite la disponibilidad sobre el local.
No obstante y como paso previo a lo anterior, podrá solicitarse una inspección previa de viabilidad de los locales donde se pretenda instalar el establecimiento de juego, siendo solamente necesario acompañar en este caso a la solicitud, los planos de estos locales y una memoria sucinta de la instalación que se pretende realizar.
Renovación: Ser titular de una autorización de instalación de sala de bingo.
Tasa Administrativa.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Continuo: Autorización y modificación: Todo el año.
Sujeto a plazos: Renovación: Tres meses de antelación a la fecha de extinción de la autorización.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Juego y Espectáculos.
Norma atributiva

- Decreto 122/1999, de 11 de noviembre, por el el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo.

- Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Informes o dictámenes
  • Informe de la Inspección de Juego. (plazo de elaboración: Sin plazo.).
  • Órgano que resuelve
    Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
    Norma atributiva

    Decreto 122/1999, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo.

    Plazo máximo de resolución
    6 Meses
    Plazo medio de resolución
    1 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa
    Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
    No
    Entidades Colaboradoras de Certificación

    En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

    Recursos

    Tipo

    Recurso potestativo de reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

    Órgano

    Recurso potestativo de reposición, Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa
    Recurso contencioso-administrativo, Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia.

    Plazo
    1 mes potestativo de reposición. 2 meses contencioso-administrativo.

    Normativa

    Normativa aplicada
    • Decreto 122/1999, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo.
    • Ley 4/2022, de 24 de junio de Regulación del Juego de Cantabria.

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