Sede Electrónica

Autorización de instalación de recogida y/o tratamiento de residuos.

Autorizar por el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde están ubicadas:
a) Las instalaciones de almacenamiento en el ámbito de la recogida con carácter profesional, que tendrán la consideración de operación de almacenamiento y/o
b) las instalaciones fijas donde vayan a realizarse operaciones de tratamiento de residuos.
Así como su ampliación, modificación sustancial o traslado.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Medio ambiente
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Ser titular de una instalación donde vayan a desarrollarse operaciones de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida, ubicada en la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que no esté incluida en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre.

En caso de que la instalación esté incluida en el ámbito de aplicación de la citada Ley, el titular de la instalación debe solicitar Autorización Ambiental Integrada (AAI).

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
29/03/2012
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Solicitud.

Solicitud de autorización de instalación de recogida y/o tratamiento de residuos.

PDF.

Obligatorio

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE RECOGIDA YO TRATAMIENTO DE RESIDUOS

Anexo Instrucciones.

Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud.

No obligatorio

ANEXO INSTRUCCIONES CUMPLIMENTACIÓN SOLICITUD

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, y sucesivas modificaciones.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, y sucesivas modificaciones.

Plazo máximo de resolución
10 Meses
Plazo medio de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso de alzada.

Órgano

Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

Plazo
Según el establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, siendo este plazo de un mes si la resolución es expresa.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE nº 85, de 9 de abril de 2022).
  • Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos (BOE nº 78, de 1 de abril de 2022).
  • El resto de normas que regulan operaciones de tratamiento o gestión de residuos específicos, cuando sean aplicables.

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