Autorización de emisión de gases de efecto invernadero.
Autorizar la emisión de gases de efecto invernadero a toda instalación en la que se desarrolle alguna de las actividades y que genere las emisiones especificadas en el anexo I de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, modificado por la Ley 13/2010, de 5 de julio.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Medio Ambiente y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Presentación de solicitud de autorización de emisión de gases de efecto invernadero. Va destinado a aquellas empresas afectadas por la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el Régimen del Comercio de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero, modificada por la Ley 13/2010, de 5 de julio.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Cuando existan modificaciones en la instalación, los flujos fuente o el sistema de seguimiento, o bien se produzca un cambio de titular y/o representante.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Memoria de actividad acompañada de la siguiente documentación: A) Original o copia compulsada de la identificación y acreditación de ser titular de la instalación a los efectos de lo previsto en esta Ley. B) Identificación y domicilio de la instalación. C) Descripción de la instalación para la que se solicita autorización, así como de sus actividades, incluyendo la tecnología utilizada. D) Las materias primas y auxiliares empleadas cuyo uso pueda producir emisiones de gases incluidos en el anexo I de la Ley 1/2005, de 9 de marzo por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. E) Las fuentes de emisión de gases enumerados en el precitado anexo I existentes en la instalación. F) Una propuesta de plan de seguimiento que cumpla los requisitos exigidos por la normativa comunitaria y nacional vigentes en cada momento. La solicitud se acompañará de un resumen explicativo de las indicaciones especificadas en el párrafo anterior.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
- Norma atributiva
Artículo 1 del Decreto 53/2005, de 21 de abril, por el que se designa al Órgano competente en materia de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOC nº 88, de 10 de mayo de 2005).
- Órgano que resuelve
- Director General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
- Norma atributiva
Decreto 53/2005, de 21 de abril, por el que se designa al Órgano competente en materia de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 88, de 10 de mayo de 2005).
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y, si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo
Normativa
- Normativa aplicada
-
Reglamento (UE) nº 600/2012 de la Comisión, de 21 de junio de 2012, relativo a la verificación de los informes de emisiones de gases de efecto invernadero y de los informes de datos sobre toneladas-kilómetro y a la acreditación de los verificadores de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
-
Ley 1/2005, de 9 de marzo por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. (BOE nº 159, de 10 de marzo de 2005).
-
Decreto 53/2005, de 21 de abril, por el que se designa al Órgano competente en materia de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOC nº 88, de 10 de mayo de 2005).
-
Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública (BOE nº 62, de 15 de marzo de 2005).
-
Real Decreto 301/2011, de 4 de marzo, sobre medidas de mitigación equivalentes a la participación en el régimen de comercio de derechos de emisión a efectos de la exclusión de instalaciones de pequeño tamaño (BOE nº 55, de 5 de marzo de 2011).
Presentación
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