Sede Electrónica

Autorización de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC).

Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Transportes y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Obras Públicas, tráfico y transportes
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

Ser persona física o jurídica (sociedad mercantil, laboral o cooperativa).

Tener nacionalidad española o de algún país de la UE o de algún país que por Tratado o convenio internacional no sea exigible este requisito.

Cumplir las obligaciones sociales y laborales exigidas por la legalidad vigente.

Cumplir las obligaciones de carácter fiscal exigidas por la legalidad vigente.

Disponer de un local dedicado a la actividad en el municipio de domiciliación de los vehículos que cumpla las condiciones exigidas por la normativa en vigor.

Disponer de un número mínimo de siete vehículos dedicados a la actividad, que cumplan las condiciones exigidas por la normativa en vigor.

Acreditar el número de conductores previsto en la normativa vigente.

Suscribir una póliza de seguro que cubra de forma ilimitada la responsabilidad civil frente a terceros.

Debe mantenerse la proporción de 1 VTC por cada 30VT (Taxis).

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
DGTC y art 16 Ley 39/15, de 1 de octubre.

Documentación

NIF/CIF, pasaporte o cuando fuera una persona jurídica, documento de constitución y acreditación de la inscripción en el Registro correspondiente. / Recibo del Impuesto de Actividades Económicas y justificante o certificación administrativa en relación a la presentación de la declaración del IRPF o Sociedades, IVA y no existencia de deudas con el Estado o la Comunidad Autónoma en relación con estos tributos. / Justificante de alta o cotización de la empresa en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Unidad Explotación, Conservación e Intermodalidad.
Norma atributiva

Decreto 16/2006, de 23 de febrero, de modificación de la estructura ogánica y relacion de puestos de trabajo de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones (BOC 6 de marzo de 2006).

Órgano que resuelve
Director/a General de Transportes y Comunicaciones.
Norma atributiva

Decreto 84/2002, de 11 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de transportes y comunicaciones (BOC de 6 de agosto).

Plazo de resolución
5 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada.
Órgano
Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es.

Normativa

Normativa aplicada

Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio). / RD 1211/90, de 28 de Septiembre, por el que se aprueba el ROTT ( BOE de 8 de Octubre), modificado por RD 1225/2006, de 27 de octubre (BOE de 15 de noviembre). / Orden FOM/36/2008, de 9 de enero por la que se desarrolla la Sección segunda del capítulo IV, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor del Reglamento de la LOTT (BOE de 22/01/08). Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre (BOE de 21 de noviembre).

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