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Autorización de apertura de botiquín farmacéutico en zonas rurales y/o turísticas.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Salud
Órgano directivo
Direc. General De Farmacia, Humanizacion Y Coordinacion Sociosanitaria (DIR3: A06029672)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Salud
Forma de inicio
De oficio
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
Tasas

Tasas autorizaciones administrativas. ATENCIÓN FARMACEÚTICA, BOTIQUINES. AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN Y APERTURA O TRASLADO DE BOTIQUINES.

Según tasa vigente.

Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Para la autorización de apertura de botiquines en municipios con población igual o inferior a 450 habitantes, y en aquellos municipios donde no exista oficina de farmacia, es necesario que concurran razones de lejanía, difícil comunicación con respecto a la oficina de farmacia más cercana, altas concentraciones estacionales o cualquier otra circunstancia especial.
El botiquín se vinculará a una oficina de farmacia, que será la más próxima dentro de la zona farmaceútica si hubiera varias aspirantes. En caso de no existir aspirantes dentro de la zona farmacéutica, el botiquín se vinculará a la oficina de farmacia más próxima perteneciente a otra zona farmacéutica cuyo titular lo solicite. Cada oficina de farmacia no podrá tener vinculado más de un botiquín.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Sujeto a la Orden de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Solicitud de participación en el procedimiento de autorización de un botiquín.

Solicitud de participación en el procedimiento de autorización de un botiquín de aquellos farmacéuticos que sean titulares de una oficina de farmacia abierta al público en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Obligatorio

Memoria técnica del local propuesto para botiquín.

Se presentará un plano, certificación original expedida por técnico competente, que acreditará convenientemente su colegiación, de la situación y distancia del local propuesto respecto a la oficina de farmacia de la que se propone vincular el botiquín, medida conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 7/2003, de 30 de enero, modificado por el Decreto 7/2015.

Obligatorio

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Sección de Ordenación Farmacéutica.
Norma atributiva

Decreto 54/2023, 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Informes o dictámenes
  • Informe de oportunidad de apertura de un botiquín farmacéutico de la Sección de Ordenación Farmacéutica. (plazo de elaboración: 15 días.).
  • Órgano que resuelve
    Director/a General de Farmacia, Humanización y Coordinación Sociosanitaria.
    Norma atributiva

    Decreto 54/2023, 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

    Plazo máximo de resolución
    3 Meses
    Plazo medio de resolución
    3 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Negativo
    Inicio de oficio:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa
    No
    Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
    No
    Entidades Colaboradoras de Certificación

    En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

    Recursos

    Tipo

    Recurso de Alzada.

    Órgano

    Consejero/a de Salud.

    Plazo
    1 mes si la resolución es expresa; si es presunta, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

    Normativa

    Normativa aplicada
    • Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
    • Ley 7/2001 de 19 diciembre, de Ordenación Farmacéutica en Cantabria (art. 34).

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