Autorización de actividades recreativas deportivas
Conceder autorización para actividades recreativas deportivas que se desarrollen en más de un municipio.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General de Seguridad y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Con al menos 30 días hábiles de antelación.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, o por cualquier medio establecido establecido en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
-Autorización o certificado de cada modalidad deportiva expedido por la Federación correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación en materia de deporte.
-Nombre de la actividad recreativa deportiva y, en su caso, número cronológico de la edición.
-Reglamento de la actividad.
-Croquis preciso del recorrido, fecha de celebración, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos puntos determinantes del recorrido y promedio previsto tanto de la cabeza de la actividad como del cierre de ésta.
-Identificación de las personas responsables de la organización, y en todo caso, de la persona que se ocupe de la dirección ejecutiva y, cuando proceda, de la persona responsable de seguridad vial, que dirigirá la actividad del personal auxiliar habilitado. (Fotocopia del carnet de conducir en vigor del Responsable de Seguridad Vial).
-Número aproximado de participantes.
-Plan de Seguridad detallado, en el que se indique las medidas de señalización de la actividad recreativa deportiva y del resto de los dispositivos de seguridad, funciones a desempeñar por cada uno de los miembros del personal auxiliar habilitado y los servicios sanitarios preceptivos.
-Certificado de la contratación del seguro de responsabilidad civil de conformidad con lo establecido en el Decreto 157/2019 de 14 de agosto, por el que se regula el seguro obligatorio de responsabilidad civil y la acreditación de las condiciones técnicas, en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
-Certificado de la contratación del seguro de accidentes al que se refiere el artículo 14 del Anexo II: "Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.
-Declaración responsable de personal auxiliar.
-Declaración responsable del director ejecutivo y del responsable de seguridad vial de la actividad recreativa deportiva, de que conocen el reglamento, rutómetro y plan de seguridad de la misma.
-Documento acreditativo del pago de la tasa o en caso de ser benéfica certificado que lo acredite.
-Listado de Ayuntamientos por los que discurrirá la actividad recreativa deportiva
-En el caso de que la actividad recreativa deportiva trascurra por vías que no sean objeto de legislación sobre tráfico, se precisará la autorización del titular. (Montes, costas, terrenos privados, etc.)
Si se disponen de instalaciones portátiles:
-Declaración de conformidad necesaria para el marcado CE, acreditativa de que el producto satisface los requisitos esenciales de las distintas directivas de aplicación.
-Instrucciones de montaje emitidas por el fabricante y declaración responsable de que la instalación se ha realizado conforme a las mismas.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Juego y Espectáculos
- Norma atributiva
Decreto 60/1996, de 28 de junio por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos.
- Órgano que resuelve
- Secretario/a General de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Norma atributiva
Decreto 60/1996, de 28 de junio por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia y Justicia.
- Plazo
- 1 mes si el acto fuera expreso y 3 meses si no lo fuera, si el recurrente fuera un particular. 3 meses si el recurrente fuera una administración
Normativa
- Normativa aplicada
-
R.D 1428/2003 de 21 de noviembre por el que se aprueba el reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por RD Legislativo 339/1990 de 2 de marzo.
-
Ley de Cantabria 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria.R.D. 1428/2003 de 21 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por R.D Legislativo 339/1990 de 2 de marzo.
-
Decreto 157/2019 de 14 de agosto, por el que se regula el seguro obligatorio de responsabilidad civil y la acreditación de las condiciones técnicas, en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.