Autorización de acceso a la aplicación informática RICAN.
Procedimiento mediante el cual se autoriza el acceso a la aplicación informática RICAN, al responsable de la empresa titular de los establecimientos de juego, con el fin de facillitar la comprobación de la inscripción o no en el Registro General de Interdicciones de acceso al Juego y en el Registro de Interdicciones de acceso al Juego de Cantabria de las personas que pretendan el acceso a estos establecimientos.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General de Seguridad y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- Ser titular de un establecimiento de juego autorizado con la obligación de realizar el control de acceso.
- La empresa titular del establecimiento deberá designar a una persona perteneciente a su organización responsable de la utilización de la aplicación.
- Certificados electrónicos de todos los usarios de la aplicación.
- El sistema informático de la empresa deberá cumplir con los requisitos técnicos y de seguridad que determine el Gobierno de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- No hay.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
n/a
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Juego y Espectáculos.
- Norma atributiva
Decreto 42/2021, de 6 de mayo, por el que se regula el Servicio de Admisión en los Establecimientos de Juego y el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego.
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Interior.
- Norma atributiva
Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada.
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Plazo
- 1 mes.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego.
-
Decreto 42/2021, de 6 de mayo, por el que se regula el Servicio de Admisión en los Establecimientos de Juego y el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.