Sede Electrónica

CONVOCATORIA 2020 Orden ECD/53/2017

Resolución de 11 de febrero de 2020 del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y

Deporte, por la que se convocan subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento del deporte para personas con discapacidad.

Descargar información en pdf

Datos generales

Consejería
Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Órgano directivo
Direc. General de Deporte (DIR3: A06027824)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Servicios Sociales e Igualdad
Deportes
Número BOC
35 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
20/02/2020
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto social sea la protección y apoyo a las personas con discapacidad, y que organicen actividades y competiciones deportivas dirigidas a personas con discapacidad residentes en Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
21/02/2020
Fecha fin plazo presentación
05/03/2020
Vías de presentación
Telemática y presencial
Lugar(es) para presentación presencial
En el registro auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (C/ Vargas 53), o en las demás formas a que hace referencia el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Documentación

Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de un certificado del secretario de la entidad, con el visto bueno de su presidente, expedido en el modelo que figura como Anexo II, que acredite:

  1. Programa o memoria de las actividades y competiciones deportivas que organiza la entidad.
  2. Presupuesto detallado de ingresos y gastos de la entidad, desglosando las partidas presupuestarias destinadas a financiar los gastos derivados de la organización de la actividad o competición deportiva.
  3. Historial de la actividad y/o competición deportiva.
  4. Cantidad exacta que se solicita.

El solicitante deberá aportar o, conforme al Decreto 20/2012, de 12 de abril, autorizar a la Dirección General de Deporte la consulta de los siguientes documentos:

  1. Datos acreditativos de la identidad (DNI) del solicitante y en su caso de su representante legal.
  2. Certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  3. Estatutos de la entidad.

 

Impresos
Modelo Solicitud
Anexos
Resolución de 11 de febrero de 2020 del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Comité de Valoración, constituido conforme al art.5.2 de la Orden ECD
Norma atributiva

Orden ECD/53/2017, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de actividades deportivas destinadas a personas con discapacidad, (BOC número 94, de 17 de mayo de 2017), modificada por la Orden ECD/31/2018, de 29 de marzo, (BOC número 69, de 9 de abril de 2018).

Órgano que resuelve
Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte
Norma atributiva

Artículo 9 de la Ley de Cantabria 10/2006, art. 6.1 de la Orden ECD/53/2017, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de actividades deportivas destinadas a personas con discapacidad, y art. 6 del Decreto 7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional
Órgano
Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte
Plazo
Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto

Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

Lo entiendo