Declaración de Zona de Preferente Uso Turístico a áreas concretas y determinadas, localidades, términos municipales o comarcas en donde se den o se vayan a producir excepcionales circunstancias turísticas que precisen una especial acción turística, tanto ordenadora como promotora.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General De Turismo Y Hosteleria (DIR3: A06035852)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Presupuesto objetivo: áreas concretas y determinadas, localidades, términos municipales o comarcas en donde se den o se vayan a producir excepcionales circunstancias turísticas que precisen una especial acción turística, tanto ordenadora como promotora.
Requisitos procedimentales: Informe de la consejería competente en materia de turismo y del municipio/s afectado/s.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 18/04/2022
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Presencial
-
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Turismo. Servicio de Actividades Turísticas.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria (BOC Extraordinario nº 3, 26 de marzo de 1999).
- Órgano que resuelve
- Consejo de Gobierno de Cantabria.
- Norma atributiva
Ley 5/1999, de 24 de marzo de 1999, de Ordenación del Turismo en Cantabria. (BOC Extraordinario nº 3 26 marzo de 1999).
- Plazo máximo de resolución
- Según normativa aplicable
- Plazo medio de resolución
- Según normativa aplicable
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de Reposición o recurso contencioso administrativo.
- Órgano
El recurso potestativo de reposición lo resuelve el Consejo de Gobierno.
- Plazo
- 1 mes para el recurso de reposición y 2 meses para el contencioso administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.