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Zona Preferente - 410.

Declaración de Zona de Preferente Uso Turístico a áreas concretas y determinadas, localidades, términos municipales o comarcas en donde se den o se vayan a producir excepcionales circunstancias turísticas que precisen una especial acción turística, tanto ordenadora como promotora.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Órgano directivo
Direc. General de Turismo y Hosteleria (DIR3: A06035852)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Turismo, ocio y tiempo libre
Tipo de destinatario
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Presupuesto objetivo: áreas concretas y determinadas, localidades, términos municipales o comarcas en donde se den o se vayan a producir excepcionales circunstancias turísticas que precisen una especial acción turística, tanto ordenadora como promotora.

Requisitos procedimentales: Informe de la consejería competente en materia de turismo y del municipio/s afectado/s.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Presencial

Documentación

Conforme Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria (BOC Extraordinario nº3, de 26 de marzo de 1999).

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Turismo. Servicio de Actividades Turísticas.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria (BOC Extraordinario nº 3, 26 de marzo de 1999).

Órgano que resuelve
Consejo de Gobierno de Cantabria.
Norma atributiva

Ley 5/1999, de 24 de marzo de 1999, de Ordenación del Turismo en Cantabria. (BOC Extraordinario nº 3 26 marzo de 1999).

Plazo de resolución
Según normativa aplicable
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso potestativo de Reposición o recurso contencioso administrativo.
Órgano
El recurso potestativo de reposición lo resuelve el Consejo de Gobierno.
Plazo
1 mes para el recurso de reposición y 2 meses para el contencioso administrativo.

Normativa

Normativa aplicada

Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria.

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