Tramitación de expedientes de concentración parcelaria.
Transmisiones de titularidad, modificaciones de superficie, agrupación y segregación de fincas una vez comenzada la publicación de las Bases Definitivas
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Que se aprecie variación de titularidad, superficie y otros derechos a fin de su reconocimiento en el expediente de Concentración, después de publicadas las Bases.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Dependerá de la fase en que se encuentre el procedimiento. Será indicado expresamente en la notificación a enviar a los interesados.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro Gral. de la Consejería de Desarrollo Rural, Gandería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.C/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia, 39011 de Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dell Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Escrituras públicas acreditativas, renuncia o reconocimiento expreso del titular afectado, si lo hay. Notificación ejecutoria sentencias firmes.
- Impresos
- Instancia Sº
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio Estructuras Agrarias
- Norma atributiva
Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario. Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario y demás cc.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario. Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario y demás cc.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Decreto 118/1973, de 12 de enero, que aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.