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Subvenciones para programas de prevención, intervención y reducción del daño en salud pública.

Concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de prevención, intervención y reducción del daño en salud pública en el ámbito de la comunidad autónoma de Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Salud
Órgano directivo
Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Salud
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

De acuerdo con las correspondientes convocatorias podrán resultar beneficiarios de las subvenciones las Entidades Locales que desarrollen programas de prevención, intervención y reducción del daño en salud pública en la Comunidad Autónoma de Cantabria y reúnan los siguientes requisitos:
a) No tener asignada ninguna otra subvención nominativa para el mismo objeto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el correspondiente ejercicio.
b) Tener justificadas las ayudas económicas del Gobierno de Cantabria, recibidas con anterioridad.
c) No hallarse en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. En el caso de las Asociaciones además no podrán hallarse incursas en los supuestos contenidos en el artículo 12.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Las solicitudes podrán ser presentadas en el Registro de la Consejería de Sanidad, sito en la calle Federico Vial nº 13 de Santander, o en cualquiera de los lugares que a tal efecto establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación requerida

Anexos solicitud

No obligatorio

Anexos solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Salud Pública.
Norma atributiva

Orden SAN/ 9 /2018, de 15 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para programas de prevención, intervención y reducción del daño en salud pública.

Órgano que resuelve
Consejera de Sanidad o en su caso Consejo de Gobierno.
Norma atributiva

Art. 9.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso administrativo ante el orden jurisdiccional Contencioso Administrativo.

Órgano

Recurso potestativo de reposición Consejera o Consejo de Gobierno.
Recurso contencioso administrativo ante órganos del orden jurisdiccional Contencioso Administrativo.

Plazo
1 mes para el recurso potestativo de reposición. 2 meses para el recurso contencioso administrativo si la resolución es expresa, no hay plazo si no hay resolución expresa.

Normativa

Normativa aplicada
  • SAN/27/2019, de 2 de abril, por la que se convocan subvenciones para programas de prevención, intervención y reducción del daño en salud pública desarrollados por Entidades Locales durante el año 2019.
  • Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucionalde la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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