Concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a personas cuidadoras en el entorno familiar de personas en situación de dependencia. Las ayudas tendrán por finalidad facilitar la conciliación de la vida personal y familiar de las personas cuidadoras, favoreciendo su respiro temporal, mediante la financiación de la contratación de apoyo profesional para la atención en el hogar de la persona en situación de dependencia.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion Del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Ser personas cuidadoras habituales no profesionales que atiendan de forma continuada a una o más personas en situación de dependencia y que sean beneficiarias de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales concedida por el Instituto Cántabro de Servicios Sociales, siempre que se den las siguientes condiciones:
a) Que la persona cuidadora solicitante de la subvención sea residente en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Que la persona atendida tenga reconocida la situación de dependencia en grado III.
c) Que la persona cuidadora figure con esta condición en el programa individual de atención y lo haya hecho ininterrumpidamente durante los últimos doce meses.
e) Deberán cumplir los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Diez (10) días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro General del ICASS, Paseo General Dávila 87, Santander.
- Registro General del Gobierno de Cantabria. C/ Peña Herbosa nº 29, 39004, Santander.
- Cualquier otro establecido en el artículo 134 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
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SOLICITUD (anexo I)
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de atención a la Infancia, Adolescencia y Familia.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- La directora del ICASS.
- Plazo máximo de resolución
- 1 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada.
- Órgano
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
- Plazo
- 1 mes.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
