Subvenciones dirigidas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cuenten con Cuerpo de Policía Local, para apoyar y colaborar en la mejor dotación del material y equipamiento necesario para la prestación de los servicios policiales.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General de Seguridad y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Relaciones entre Administraciones Públicas
- Protección Civil, Seguridad Ciudadana y Defensa Nacional
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán ser beneficiarios de esta subvención aquellos Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria con Cuerpo de Policía Local que dispongan, al menos, del número de plazas mínimo exigido para la creación del Cuerpo de Policía Local por la normativa autonómica.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes será de 12 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- La instrucción se realizará por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales de Cantabria.
- Norma atributiva
Orden PRE/34/2022, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria con Cuerpo de Policía Local para la adquisición de material y equipamiento destinado a servicios policiales.
- Órgano que resuelve
- Órgano competente según la cuantía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Cantabria 10
- Norma atributiva
Orden PRE/34/2022, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria con Cuerpo de Policía Local para la adquisición de material y equipamiento destinado a servicios policiales.
- Plazo máximo de resolución
- 4 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Contra la citada resolución de concesión o denegación podrá interponerse recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de dicha resolución, o bien requerir previamente al Gobierno de Cantabria conforme establece el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Órgano
Titular de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Plazo
- Contra la citada resolución de concesión o denegación podrá interponerse recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de dicha resolución, o bien requerir previamente al Gobierno de Cantabria conforme establece el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden PRE/34/2022, de 21 de marzo, por la que se establecen lasbases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a losAyuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria con Cuerpode Policía Local para la adquisición de material y equipamiento destinadoa servicios policiales.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
