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Subvenciones para la realización de programas de inclusión sociolaboral de la población gitana.

Programas de inclusión sociolaboral de la población gitana, cuyos objetivos son los siguientes:

  1. Incrementar la tasa de empleo de la población gitana.
  2. Reducir la precariedad laboral y la discriminación de la población gitana.
  3. Reducir la tasa de personas gitanas jóvenes que ni trabajan, ni estudian, ni se forman (16-30 años).
  4. Incrementar el apoderamiento, la participación y activación de la mujer gitana en el mercado laboral.
  5. Revalorizar y cualificar la población gitana que se dedica al comercio ambulante.
  6. Impulsar el aprendizaje a lo largo de la vida y el reciclaje para encontrar nuevas oportunidades laborales.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Orden de bases reguladoras y convocatoria

Requisitos

Requisitos

Entidades que formen parte del Consejo para la Promoción Integral y Participación Social del Pueblo Gitano en Cantabria, así como entidades sin ánimo de lucro que entre sus fines tengan promover la integración socioeconómica de comunidades marginadas, tales como la de la población romaní.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

v2_Formulario SOLICITUD 2024_protegida.doc

Formulario SOLICITUD 2024_protegida

Sólo PDF

Obligatorio

Formulario SOLICITUD 2024_protegida

v2_Formulario MEMORIA 2024_protegida.doc

Formulario MEMORIA 2024_protegida

Sólo PDF

Obligatorio

Formulario MEMORIA 2024_protegida

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Intermediación y Orientación Profesional.
Norma atributiva

Orden IND/56/2024, de 29 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones en 2024 para la realización de programas de inclusión sociolaboral de la población gitana.

Informes o dictámenes
  • Informe fiscal en caso de concesión de la subvención. (plazo de elaboración: 10 días hábiles.).
  • Órgano que resuelve
    Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
    Norma atributiva

    Orden IND/56/2024, de 29 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones en 2024 para la realización de programas de inclusión sociolaboral de la población gitana.

    Plazo máximo de resolución
    3 Meses
    Plazo medio de resolución
    2 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa
    Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
    No
    Entidades Colaboradoras de Certificación

    En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

    Recursos

    Tipo

    Potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander.

    Órgano

    Recurso de reposición: Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
    Recurso Contencioso administrativo: Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santander.

    Plazo
    Recurso de reposición: un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. Recurso contencioso administrativo: dos meses desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.

    Normativa

    Normativa aplicada
    • Orden IND/56/2024, de 29 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones en 2024 para la realización de programas de inclusión sociolaboral de la población gitana.
    • Reglamento (UE) Nº 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) Nº 1296/2013.
    • Reglamento (UE) Nº 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de junio.
    • Programación del Fondo Social Europeo Plus (Programa ES-FSE+ C.A. Cantabria 2021-2027).

    Convocatorias

    No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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