Bases reguladoras de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos Laborales.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion Del Icasst (DIR3: A06027806)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Empleo y Seguridad social
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta orden las siguientes entidades, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio:
a) Las organizaciones a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualquiera de sus fines.
b) Las organizaciones empresariales y sindicales representativas en Cantabria en su ámbito sectorial correspondiente, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualquiera de sus fines.Las entidades y organizaciones deberán tener sede en España y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, debiendo contar con delegación o establecimiento abierto al público en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones las entidades y organizaciones en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Además, todas las entidades solicitantes deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto en el BOC.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Solicitud. Solicitud en modelo oficial. Firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad solicitante.
Obligatorio
Orden IND-020-2024_Actividades preventivas_Convocatoria 2024_Solicitud |
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Memoria-proyecto. Memoria-proyecto en modelo oficial. Firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad solicitante.
Obligatorio
Orden IND-020-2024_Actividades preventivas_Convocatoria 2024_Memoria-Proyecto |
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Estatutos vigentes y la certificación del depósito de estatutos. Estatutos vigentes y la certificación del depósito de estatutos emitido por la autoridad competente.
Obligatorio
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Documento acreditativo de la representación. Documento acreditativo de la representación que ostente la persona que actúe en nombre de la solicitante.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Es obligatorio salvo que la persona representante firme la solicitud haciendo uso de un certificado electrónico de representación de persona jurídica. |
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Certificación sobre proyectos dirigidos a fomentar la igualdad efectiva. Certificación del desarrollo de proyectos dirigidos a fomentar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres u otras medidas de apoyo de la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, emitida por el órgano concedente de la subvención que financia cada proyecto que refleje su conformidad con la acción desarrollada. Firmada electrónicamente por el órgano competente.
No obligatorio
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Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en territorio español, de quien ejerza la representación de la entidad solicitante.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Cuando la solicitud no esté firmada electrónicamente haciendo uso de un certificado de representante de la persona jurídica interesada. |
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Certificado sobre cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social. Certificado sobre cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social. El documento deberá contar con código seguro de verificación.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Es obligatorio presentarlo cuando la entidad interesada se oponga a la obtención de la información por parte del ICASST. |
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Cumplimiento de obligaciones con la Administración de la C.A. de Cantabria. Cumplimiento de obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. El documento deberá contar con código seguro de verificación.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Es obligatorio presentarlo cuando la entidad interesada se oponga a la obtención de la información por parte del ICASST. |
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Certificado sobre cumplimiento de obligaciones tributarias. Certificado sobre cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El documento deberá contar con código seguro de verificación.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. Es obligatorio presentarlo cuando la entidad interesada no autorice la obtención de la información por parte del ICASST. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Promoción y Planificación Preventiva. Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Norma atributiva
Orden IND/13/2024, de 22 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos Laborales.
- Informes o dictámenes
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- Informe de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo relativo al carácter de organizaciones empresariales y sindicales representativas en Cantabria correspondiente de las entidades solicitantes o de las entidades de las que dependan, en su caso (plazo de elaboración: 10 días.).
- Órgano que resuelve
- Dirección del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Norma atributiva
Orden TES/864/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Reposición.
- Órgano
Dirección del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Plazo
- Un mes.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden IND/13/2024, de 22 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos Laborales.
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- Orden TES/864/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

