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Subvenciones para la ejecución de planes formativos prioritarios para personas ocupadas para el ejercicio 2013.

Bases que regulan el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de la formación de oferta, para la ejecución de planes de formación intersectoriales/transversales, sectoriales y de certificados de profesionalidad, dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas, y aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2013.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Becas, ayudas y premios
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Castellano.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Los requisitos vienen indicados en el artículo 12 de la Orden HAC/38/2013, de 11 de septiembre de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2013 de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Formación.
Norma atributiva

- Orden HAC/38/2013, de 13 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas, modificada por la Orden HAC/38/2014, de 21 de agosto de 2014.

- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo y Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en estas dos normas, con el alcance previsto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

- Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
Norma atributiva

Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
4 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

Órgano

Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.

Plazo
Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden HAC/38/2013, de 13 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas, modificada por la Orden HAC/38/2014, de 21 de agosto de 2014.
  • ley de Cantabria 10/2006 de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria.
  • Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo y Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en estas dos normas, con el alcance previsto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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