Subvenciones para la creación de Grupos Operativos Autonómicos en relación a la Asociación Europea de Innovación de Agricultura Productiva y Sostenible

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Subvenciones para la creación de Grupos Operativos Autonómicos en relación a la Asociación Europea de Innovación de Agricultura Productiva y Sostenible

La finalidad de las ayudas es impulsar la creación de grupos operativos autonómicos, que idearán, diseñarán y redactarán sus correspondientes proyectos innovadores, que contribuyan a los objetivos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) de agricultura productiva y sostenible. Entre los objetivos que persiguen están ayudas destacan:
a) Crear valor añadido a través de una relación más estrecha entre investigación y prácticas agrarias, fomentando un mayor uso del conocimiento disponible.
b) Promover la cultura de la innovación en el tejido productivo así como la implantación y aplicación más eficiente de actividades y soluciones innovadoras
c) Acercar a la comunidad científica las necesidades de los sectores agrario y alimentario cántabro con el interés de potenciar la transferencia de conocimiento y la innovación en provecho del desarrollo económico de la Región.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

  1. Los miembros de la agrupación solicitante deberán:
    a) tener personalidad física o jurídica, pública o privada y, en caso de agricultores, ganaderos, OPAs, investigadores, asesores, empresas del sector agroalimentario, grupos de acción local, organizaciones no gubernamentales, plataformas tecnológicas, universidades, o cualquier otro agente que sea relevante para el objetivo del grupo, así como de las organizaciones que agrupen a cualquiera de los anteriores, deberán desarrollar su actividad en Cantabria. En el caso de persona física, demostrará su actividad profesional en el sector agrario o alimentario, con la inscripción en el registro oficial o régimen tributario correspondiente a dicha actividad.
    b) Elaborar y presentar un documento vinculante según el modelo previsto en el anexo de cada convocatoria, que contemplará al menos:
    1º. Los miembros del grupo operativo propuestos.
    2º. Una descripción detallada del perfil de cada uno de los miembros y los motivos que justifican la idoneidad de éstos para participar en el grupo.
    3º. El papel que van a desarrollar cada uno de los miembros en el grupo.
    4º. El establecimiento de un procedimiento interno que permita al grupo cumplir con los objetivos establecidos y la forma de coordinación de sus actuaciones, estipulando el reparto de tareas, derechos y obligaciones entre los miembros del grupo operativo.
    5º. El compromiso de los miembros de divulgar los resultados del grupo operativo.
    c) Designar un coordinador de la agrupación, el cual deberá contar con personalidad jurídica y será el perceptor único de la subvención e interlocutor con la Administración.
    d) Presentar una descripción del problema u oportunidad a abordar y la posible idea innovadora a desarrollar en el ámbito de Cantabria.
    e) Presentar un presupuesto estimado de gastos para la creación del grupo y la elaboración del proyecto innovador, por partidas de gasto y por miembro de la agrupación.
    f) Presentar un plan de divulgación de los resultados del grupo y alcance del mismo, que incluirá al menos la difusión a nivel autonómico en el portal institucional del Gobierno de Cantabria o sus páginas webs especializadas dependientes de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
  2. Las agrupaciones solicitantes que decidan utilizar la figura del Agente de Innovación deberán acreditar la experiencia y capacitación del mismo, con base en lo recogido en el artículo 8.

Requisitos específicos: Solo serán elegibles aquellas solicitudes de carácter autonómico que presenten la idea de un proyecto a desarrollar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria destinado a resolver un problema existente o a introducir una actuación innovadora en los sectores agrario y/o agroalimentario de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El que se establezca en la correspondiente convocatoria, cuyo extracto se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

En la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, en forma telemática en el Registro Común del Gobierno de Cantabria: https:\rec.cantabria.es, o a través de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria en la dirección http://www.cantabria.es.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural
Norma atributiva

Orden MED/41/2016, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la creación de Grupos Operativos Autonómicos en relación a la Asociación Europea de Innovación de Agricultura Productiva y Sostenible.

Órgano que resuelve
La competencia para resolver corresponde al Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, dentro de los límites legalmente establecidos.
Norma atributiva

Artículo 9 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Reposición

Órgano

Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación

Plazo
1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio

Normativa

Normativa aplicada
  • Extracto de la Orden del consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 18 de junio de 2018, por la que se convocan subvenciones para la creación de grupos operativos autonómicos en relación a la Asociación Europea de Innovación de Agricultura Productiva y Sostenible para el año 2018.
  • Convocatorias

    No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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