Subvenciones forestales a entidades locales para actuaciones de prevención de incendios forestales.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Entidades locales titulares de montes ubicados en municipios con riesgo notable de incendios forestales, según los define INFOCANT que cumplan requisitos del artículo 12 de la Ley 10/2006 , de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (C/ Albert Einstein, nº 2, PCTCAN, 39011, Santander) o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático.
- Norma atributiva
Orden MED/35/2017, de 25 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a entidades locales para actuaciones de prevención de incendios forestales.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria (art 9).
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso Potestativo de reposición.
- Órgano
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
- Plazo
- Un mes a partir del día siguiente a su notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Orden MED/35/2017, de 25 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a Entidades Locales para actuaciones de prevención de incendios forestales.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.