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Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar actuaciones para el impulso de la agenda 2030 en el ámbito local de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Orden ISO/4/2024, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar actuaciones para el impulso de la agenda 2030 en el ámbito local de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direc. General De Juventud, Cooperacion Al Desarrollo Y Voluntariado (DIR3: A06045080)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
No
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Podrán obtener la condición de beneficiarias las Entidades Locales territoriales, recogidas en el artículo 3.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de alguna de las actuaciones descritas en el artículo 3 de esta Orden, siempre que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria el Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social.
b) No hallarse en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General competente en materia de Juventud, cooperación al desarrollo y voluntariado, que estará asistida por un Comité de Valoración.
Norma atributiva

Orden ISO/4/2024, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar actuaciones para el impulso de la agenda 2030 en el ámbito local de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
El titular de la Consejería competente en materia de Inclusión Social, juventud, Familias e Igualdad.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.

Órgano

Reposición: La titular de la Consejeria competente en materia de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. En caso de recurso contencioso-administrativo, Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.

Plazo
Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución del recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de Cantabria 10/2016, de 17 de julio, de Subvenciones.
  • La Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Orden ISO/4/2024, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar actuaciones para el impulso de la Agenda 2030 en el ámbito local de la comunidad autónoma de Cantabria
  • Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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