Sede Electrónica

Subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas.

Bases que regulan el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de la formación de oferta, para la ejecución de planes de formación intersectoriales/transversales y sectoriales, dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas. Al amparo de este procedimiento se tramita la convocatoria de 2018 de las citadas subvenciones que determinan los aspectos concretos de la misma.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Educación y formación
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Castellano.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Los requisitos vienen indicados en el artículo 3 de la Orden HAC/41/2016, de 13 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras, y habrá que considerar en su caso, los que indique la convocatoria que se realice al amparo de esta orden para las subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Formación.
Norma atributiva

Orden HAC/41/2016, de 13 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
Norma atributiva

Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
2 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación/notificación de la resolución.

Órgano

Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.

Plazo
Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden HAC/41/2016, de 13 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

Lo entiendo